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8 de septiembre 2026 - 18:16

El fiscal apeló el sobreseimiento de Arribas y Majdalani: pidió que avance la causa por espionaje ilegal durante el macrismo

Franco Picardi cuestionó duramente el fallo que desvinculó a los exjefes de la AFI de la investigación por el seguimiento de periodistas, dirigentes y militantes durante la OMC y el G20.

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El fiscal apeló el sobreseimiento de Arribas y Majdalani.

El fiscal federal Franco Picardi apeló este martes el sobreseimiento dictado a favor de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investiga la presunta producción de inteligencia ilegal sobre periodistas, dirigentes políticos, académicos y militantes durante los operativos de seguridad de la Organización Mundial de Comercio (OMC), realizada en 2017, y la Cumbre del G20.

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En su presentación, Picardi cuestionó con dureza los fundamentos utilizados por el juez para cerrar la investigación y sostuvo que la resolución presenta una “fundamentación aparente”, porque “soslaya elementos de convicción reunidos a lo largo de la investigación” y realiza una valoración “parcial, fragmentaria y sesgada del material probatorio”.

El fiscal pidió que la Cámara Federal revise la decisión y permita que el expediente avance hacia la instancia de declaraciones indagatorias. De hecho, recordó que en 2021 el Ministerio Público ya había solicitado que Arribas, Majdalani, Martín Coste y Carlos Tonelli Banfi fueran indagados, pedido al que también había adherido la querella, aunque esas declaraciones nunca llegaron a concretarse.

Las fichas sobre periodistas y dirigentes

Uno de los principales cuestionamientos del fiscal Picardi está dirigido al argumento del juez Marcelo Martínez De Giorgi según el cual la AFI había realizado tareas legítimas de inteligencia vinculadas con la seguridad de los eventos internacionales y que la información había sido obtenida de fuentes públicas.

Para el fiscal, ese razonamiento no alcanza para descartar la existencia de inteligencia ilegal. “El hecho de que la información tenga su origen en fuentes abiertas no resulta, por sí solo, excluyente de la configuración de actividades de inteligencia ilegal”, sostuvo Picardi. Y agregó que también puede existir inteligencia prohibida cuando se recolecta, sistematiza y analiza información pública “al margen de los fines y procedimientos legalmente habilitados”.

El fiscal puso como ejemplo las fichas elaboradas durante la Cumbre del G20. Según la apelación, fueron confeccionadas 403 fichas de trabajadores de prensa, que luego eran “visadas” y clasificadas con colores verde, amarillo o rojo. Pero, según la acusación, esa clasificación no dependía solamente de la pertenencia al medio para el que trabajaban, sino también de su postura política.

En las fichas aparecían expresiones como que determinados periodistas eran opositores al gobierno, que compartían publicaciones contra la administración de entonces, que podían ser considerados kirchneristas o que tenían determinada militancia política o social.

Picardi remarcó que también se registró actividad sindical y militancia en determinadas causas sociales, e incluso la religión de algunas personas. Para el fiscal, se trata precisamente de información que la Ley de Inteligencia Nacional prohibía recopilar por esas razones.

“Basta uno para que la conducta esté consumada”

Picardi responde al argumento del juez de que se había tomado “una pequeña porción” de las fichas para intentar demostrar la existencia de inteligencia prohibida.

El fiscal sostuvo que la ley no exige una cantidad mínima de personas ni un patrón determinado. “Basta uno para que la conducta esté consumada; y en autos no hay uno, sino decenas de casos perfectamente documentados”, afirmó.

Según Picardi, el problema no es determinar cuántas fichas eran legales y cuántas ilegales, sino establecer si alguna de ellas fue confeccionada en función de categorías expresamente protegidas por la ley.

Lo que estaba llamado a resolverse no era si la mayoría de las fichas se ajustaba a la ley, sino si alguna de ellas la infringía”, sostuvo. Y agregó que las constancias del expediente responden afirmativamente a ese interrogante.

OMC: seguimientos a dirigentes y militantes

La apelación también se detiene en los documentos elaborados durante la Conferencia Ministerial de la OMC de 2017. Uno de los informes llevaba como asunto “OMC” y como objeto al Partido de los Trabajadores Socialista. Allí, según el fiscal, la organización fue colocada “bajo observación progresiva” y se incorporaron datos sobre dirigentes, aportantes y personas consideradas cuadros del partido.

Otro documento, referido a solicitudes de acreditación, incluía información sobre las tendencias políticas de personas que pretendían participar del evento, publicaciones de dirigentes políticos, páginas que seguían en redes sociales y grupos a los que pertenecían.

Para Picardi, no se trataba de información necesaria para evaluar una amenaza concreta sino de datos obtenidos por afinidad ideológica.

No se advierte una inteligencia ligada al relevamiento de riesgo alguno, sino a la obtención de datos incorporados por el solo hecho de la afinidad ideológica”, sostuvo respecto de uno de los casos.

Picardi cuestionó especialmente que el juez haya considerado que el denominador común de las personas relevadas era su intención de participar de los eventos. Para el fiscal, esa explicación no logra justificar el contenido de las fichas.

No existe vinculación entre la inteligencia en presunta razón de la seguridad de los eventos que se pretendía proteger y los datos recabados por la agencia sobre las personas relevadas”, afirmó.

Y fue todavía más categórico al analizar la información sobre periodistas durante el G20: “Sostener, pese a ello, que la ideología fue ajena a la tarea, importa una valoración de la prueba contraria a las reglas de la sana crítica”.

Tres años guardados en la AFI

Otro de los puntos cuestionados por el fiscal es el almacenamiento de los informes. La documentación había permanecido guardada en la sede de la AFI de la calle 25 de Mayo, dentro del “Área Restringida” del sexto piso, en la oficina que había ocupado Coste. Allí fueron encontrados, en enero de 2020, sobres rotulados “2017”, “Periodistas G20” y “Varios”.

El juez había considerado que el depósito de esos documentos no podía ser considerado delictivo y que su permanencia podía explicarse como una constancia de las tareas realizadas.

Picardi rechazó esa interpretación. Señaló que los documentos permanecieron allí casi tres años después de su producción y sostuvo que ese dato permite inferir que pudieron haber estado disponibles para una utilización posterior. “No es un dato que pueda despacharse como ‘mero plano conjetural’”, afirmó el fiscal.

La AFI había negado tener información que finalmente apareció

La apelación incorpora además un elemento que Picardi considera particularmente relevante: la actuación de la propia AFI frente a los reclamos judiciales de algunas de las personas relevadas.

Según el fiscal, ante acciones de hábeas data, la agencia había informado que las tareas de acreditación para la conferencia de la OMC “no fueron labores que estuvieren a su cargo”.

Sin embargo, la investigación posterior habría demostrado que la AFI sí tuvo un rol en ese circuito. Incluso, una nota del entonces canciller habría solicitado la intervención de Arribas para permitir la acreditación de una participante.

Además, una dirección de la propia Agencia negó ante la Justicia tener información sobre uno de los reclamantes, cuando entre los documentos secuestrados en esa dependencia apareció una ficha que lo describía como integrante de un “grupo de economistas de izquierda …kirchneristas”.

Para Picardi, ese comportamiento constituye un indicio que no fue debidamente valorado.

Lejos de disipar toda duda en favor de los encausados, ese ocultamiento constituye un indicio de que se procuró sustraer del conocimiento judicial el alcance de la actividad desplegada”, sostuvo.

“No podía saltar” de la sospecha al sobreseimiento

Otro de los argumentos centrales de la apelación es procesal. Picardi sostiene que el juez no podía pasar directamente de un estado de sospecha a la certeza de que los imputados no cometieron ningún delito.

El fiscal recordó que el Ministerio Público había considerado que existía “motivo bastante para sospechar que una persona ha participado en la comisión de un delito” y por eso había pedido las indagatorias.

El magistrado no podía saltar sin más al polo opuesto de la certeza negativa”, afirmó Picardi.

Según el fiscal, si existían dudas, el camino no era cerrar definitivamente la causa sino permitir que continuara la investigación.

Lejos de carecer de mérito, la causa está en condiciones de avanzar hacia la etapa de recepción de las respectivas indagatorias”, sostuvo.

“Extrema gravedad institucional”

Finalmente, Picardi puso el foco en la dimensión institucional del expediente. Sostuvo que no se trata solamente de determinar si determinadas personas fueron espiadas, sino de establecer si desde un organismo estatal se produjo inteligencia sobre ciudadanos por sus ideas políticas, actividad periodística, militancia o pertenencia a organizaciones.

El espionaje ilegal sobre periodistas, dirigentes y militantes en razón de sus ideas genera un efecto persecutorio que trasciende a los directamente afectados”, afirmó.

Y calificó el caso como de “extrema gravedad institucional”, al sostener que existe una presunta estructura destinada a producir inteligencia prohibida “sobre un vasto universo de personas desde el seno mismo de la ex AFI”.

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