Las caras de algunos de los represores durante el juicio por la megacausa ESMA.
La Cámara Nacional de Casación Penal, confirmó las condenas, en su mayoría a prisión perpetua, contra los represores Jorge "El Tigre" Acosta y Alfredo Astiz, entre otros, dictadas en el primero de los juicios por los crímenes cometidos en la Escuela de Mecánica de Armada (exESMA), durante la última dictadura.
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El Tribunal Federal 5(TOF5) tuvo a su cargo el juicio oral y público por los crímenes cometidos en el más emblemático de los Centros Clandestinos de Detención, en el que se ventilaron, entre otros, la desaparición del primer grupo de Madres de Plaza de Mayo, y la muerte del escritor y periodista Rodolfo Walsh.
También fueron ratificadas las condenas a prisión perpetua de Antonio Pernías; Raúl Scheller; Ricardo Cavallo; Alberto González; Néstor Savio, Adolfo Donda, Ernesto Weber y Jorge Radice, todos ellos integrantes de los grupos de la ESMA, sindicados como los máximos responsables de cientos de desapariciones y tortura de detenidos políticos.
El almirante Oscar Montes y el oficial del Ejército Julio César Coronel también fueron condenados en juicio oral y público, pero fallecieron durante el trámite del recurso de casación, por lo que la Sala II de la Cámara ordenó que se dicte sentencia conforme a normas sobre extinción de la pena.
Los camaristas de casación Pedro David, Angela Ledesma y Alejandro Slokar, rechazaron los recursos de las defensas contra las condenas a 25 años de cárcel a Manuel García Tallada y a Juan Fotea, de Carlos Capdevilla que recibió 20 años y Juan Antonio Azic 18.
Además anularon las absoluciones dispuestas por el Tribunal Oral Federal Cinco (TOF 5) a favor de Juan Carlos Rolón y a Pablo García Velasco.
En octubre de 2011 el TOF5 dictó las sentencias tras un año y medio de audiencias y en la actualidad se lleva a cabo el segundo de los juicios ESMA, cuya instrucción está a cargo del juez federal Sergio Torres.
Al rechazar los recursos, la Cámara de Casación entendió que dada la magnitud de los hechos aberrantes cometidos por los militares condenados impide morigerar la pena, al rechazar las apelaciones de las defensas por presunta "arbitrariedad".
En un fallo de 540 carillas la Sala II analizó los casos de privaciones ilegales de la libertad, aplicación de tormentos, homicidio y apropiación de bienes de 85 víctimas y calificó a esos hechos como crímenes de lesa humanidad.
Las defensas habían alegado la prescripción de la acción penal y, dentro del marco del debate oral y público, impugnaron las declaraciones de testigos y la valoración de la prueba producida durante el juicio.
Asimismo, la Cámara consideró acreditados los hechos conocidos como los de la Iglesia de la Santa Cruz, ocurridos entre el 8 y 10 de diciembre de 1977, que damnificaron a quienes procuraban hallar a sus familiares o amigos desaparecidos.
La investigación de esos hechos "es un mandato de justicia elemental", ya que "la impunidad de las violaciones de los derechos humanos es una causa importante para su constante repetición".
Agregaron que "los atentados contra la propiedad que se juzgaron en esta causa ocurrieron en el marco de ese ataque generalizado y sistemático dirigido contra un grupo de la población de nuestro país".
Por esa razón, consideró decisiva la afirmación del tribunal oral en cuanto a que "integrantes de la unidad de tareas, con el objeto de ocultar su accionar y verse libres de la responsabilidad internacional que el caso comenzaba a aparejar sumado a la intervención del gobierno francés para el esclarecimiento de los hechos y la presión de organismos internacionales, montaron una puesta en escena".
"Esa puesta en escena", según consignó el fallo, estaba "destinada a hacer creer a la población y al mundo que los secuestrados en cuestión, en particular el de las religiosas francesas, debían adjudicarse a la Organización Montoneros".
Al referirse a Walsh, la Sala II de la Cámara confirmó la consumación de su muerte en manos de oficiales de la Unidad de Tareas (3.3.2) que funcionaba en la ESMA.
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