ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

3 de octubre 2020 - 22:14

Procurador Casal se pronunció a favor de los jueces Bruglia, Bertuzzi y Castelli

Considera que deben volver a sus cargos, donde permanecían por decreto de Macri sin acuerdo del Senado. La Corte ya está en condiciones de resolver.

ver más

Casal, a favor de que los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli

Sin sorpresas y tal como se esperaba, el Procurador General Eduardo Casal se pronunció esta noche a favor de que los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli vuelvan a sus cargos a los que accedieron en forma irregular por decreto de Mauricio Macri sin el correspondiente acuerdo del Senado.

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

Con los dictámenes de Casal en la mano, la Corte Suprema, que días atrás habilitó el per saltum interpuesto por los jueces, estaría en condiciones de adoptar una decisión final sobre la situación de los magistrados.

El dictamen del Procurador, firmado el sábado 3 de octubre, no es vinculante, es decir no obliga a la Corte a seguir esa posición.

Casal sostuvo que los traslados de Bruglia, Bertuzzi y Castelli fueron revisados por el Consejo de la Magistratura de la Nación en base a una nueva reglamentación que debía aplicarse a futuro, lo cual no es correcto.

“El principio de irretroactividad se erige como uno de los basilares de nuestro ordenamiento jurídico. Es fundamento de razón jurídica que toda regla de conducta dispone para el futuro”, sostuvo Casal en los dictámenes.

Advirtió que “el Consejo de la Magistratura en esta nueva etapa desconoce que, en relación con los actores (jueces), previamente había autorizado sus traslados a partir de una interpretación razonable de su propia normativa, plasmada en la resolución 155/2000”.

Para Casal no se advierte motivo atendible que permitiera al Consejo revisar esos actos.

“Cabe concluir que los actos de traslado se basaron en una interpretación posible de lo dispuesto en los propios reglamentos del Consejo de la Magistratura. Lo único que sustenta la actuación del Consejo al emitir la resolución 183/2020 es una nueva interpretación —que luce igualmente posible, especialmente en atención al texto del nuevo reglamento de traslados— pero que sólo puede ser aplicada hacia el futuro”, explicó Casal.

Bruglia y Bertuzzi fueron trasladados de manera irregular durante el gobierno de Macri a la Cámara Federal, tribunal clave en el que se avalaron muchas decisiones adoptadas como parte del lawfare a exfuncionarios del kirchnerismo.

Castelli fue trasladado también por decreto, sin acuerdo del Senado, al Tribunal Oral Federal 7, el tribunal que tiene el caso de los cuadernos del chofer Oscar Centeno.

Los magistrados impugnaron la decisión del Consejo de la Magistratura en la que se revisaron esos traslados junto con los de otros siete jueces.

La Cámara alta no les dio acuerdo a Bruglia, Bertuzzi y Castelli, quienes faltaron a la audiencia, tras lo cual el Gobierno publicó los decretos que dejaban sin efecto sus traslados.

Los jueces debían regresar a sus cargos anteriores, Bruglia a un tribunal oral de Comodoro Py, Bertuzzi a uno de La Plata y Castelli a uno de San Martín. Pero los tres fueron a la justicia para no ser corridos. Mientras se resuelve su situación decidieron pedir una licencia, que les fue otorgada por la Corte.

Casal en sus dictámenes explicó que “al revocarse o ignorarse, del modo en que lo hizo la demandada, actos estatales como los que condujeron a los traslados de los recurrentes, no se afecta únicamente la inamovilidad de los jueces — imperativa para un ejercicio independiente de la magistratura— sino también la transparencia y previsibilidad en la actuación de los órganos estatales, que no pueden pretender que sus cambios de parecer y actuación sustentados en nuevos criterios de aplicación de sus propias normas, derivadas de la modificación en su composición, sean aplicadas retroactivamente con afectación de situaciones decididas de acuerdo a la interpretación posible que habían efectuado anteriormente” .

Para finalizar su exposición, Casal se remitió a jurisprudencia: “Se trata de hacer realidad en la historia los largamente declamados objetivos que persiguió nuestra Ley Fundamental al incorporar a nuestro sistema el Consejo de la Magistratura: amortiguar la gravitación político partidaria en los procesos de designación y enjuiciamiento de jueces para afianzar y vigorizar la independencia judicial”.

Últimas noticias

Dejá tu comentario

Te puede interesar

Otras noticias