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30 de marzo 2026 - 17:55

La CGT celebró el fallo judicial que frenó diversos artículos de la reforma laboral

En un comunicado, aseguraron que la Justicia "reconoce la legitimación de la CGT para representar a la totalidad de la clase trabajadora". Un tribunal dejó sin efecto diversos pasajes de la ley.

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Los triunviros de la CGT celebraron el fallo judicial contra la reforma laboral.

La Confederación General del Trabajo (CGT) celebró este el fallo de la Justicia que suspendió provisoriamente diversos artículos de la reforma laboral y aseguró que se trata de un "paso fundamental en la defensa de los derechos del movimiento obrero organizado", al tiempo que ratificaron "el compromiso de continuar la lucha en todos los ámbitos institucionales".

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Este lunes, un juzgado nacional del Trabajo hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la CGT, en el marco de una acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por la central obrera contra el Estado nacional.

El comunicado de la CGT

"El fallo reconoce la legitimación de la CGT para representar a la totalidad de la clase trabajadora, incluyendo trabajadores formales, informales, activos y pasivos, ante la existencia de un caso colectivo de alcance nacional", indicó la agremiación en un comunicado.

En el texto, apuntaron que "la mal llamada 'Ley de Modernización Laboral' implica una reducción del ámbito de protección laboral, una degradación de condiciones de trabajo y un debilitamiento de la acción sindical que vulnera compromisos internacionales asumidos por la Argentina en materia de Derechos Humanos y laborales".

Asimismo señalaron que "la libertad por sí sola no produce justicia social. El objetivo final de la economía debe ser el bienestar del ser humano, no ser un simple engranaje del sistema".

"Por todo lo expuesto, celebramos esta decisión judicial como un paso fundamental en la defensa de los derechos del movimiento obrero organizado y ratificamos nuestro compromiso de continuar la lucha en todos los ámbitos institucionales", finaliza el comunicado de la CGT, que lleva por título "Una medida cautelar que respalda la organización sindical".

En su resolución, el juez Raúl Ojeda consideró que se encuentran reunidos los requisitos para el dictado de una medida cautelar, al verificar “una apariencia razonable” del derecho invocado. En ese sentido, recordó que para este tipo de decisiones “no se requiere certeza absoluta acerca de la existencia del derecho, sino la comprobación de su apariencia razonable”.

En uno de los pasajes más destacados, el juez subrayó el rol del Poder Judicial frente a este tipo de conflictos: “La intervención de este Poder Judicial independiente es necesaria justamente para garantizar la división de poderes”, afirmó, y agregó que esa función debe ejercerse “siempre y cuando se respete la Constitución Nacional”.

La resolución también hace referencia al principio de progresividad en materia de derechos laborales. Si bien reconoce que el Congreso puede modificar el marco normativo, advierte que esas reformas deben respetar estándares constitucionales y no implicar retrocesos injustificados.

Por su parte, el Estado Nacional había solicitado el rechazo de la cautelar al sostener que la ley fue dictada en ejercicio de facultades constitucionales y que su suspensión afectaría el interés público. Incluso advirtió que una medida de este tipo implicaría “una indebida interferencia en la esfera de atribuciones del Poder Legislativo”.

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