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5 de noviembre 2013 - 15:21

La Corte puso punto final a la re-re de Zamora

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Gerardo Zamora, junto a su esposa (Gentileza: El Liberal)
La Corte Suprema de Justicia declaró que el gobernador de Santiago del Estero, Gerardo Zamora, "se encuentra inhabilitado" por la Constitución provincial "para ser candidato a gobernador para el nuevo período que comienza el 10 de diciembre de 2013", indicaron esta tarde fuentes judiciales.

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Mediante un fallo de 24 carillas, publicado en el Centro de Información Judicial, los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda resolvieron la "cuestión de fondo" en la causa en la que el 22 de octubre último dictaron una medida cautelar en el mismo sentido.

En esa ocasión, el máximo tribunal declaró su competencia originaria en el caso e hizo lugar a la cautelar solicitada por la UCR, que había pedido congelar los comicios hasta tanto se dictara un pronunciamiento definitivo en la causa iniciada en rechazo a la nueva postulación de Zamora.

De todos modos, Zamora ya había cambiado de estrategia. La semana pasada confirmó que su esposa, Claudia Ledesma Abdala, y el actual ministro de Gobierno José Emilio "Pichón" Neder integrarán la fórmula oficialista para sucederlo en el Ejecutivo provincial.

En conferencia de prensa, el gobernador aliado a la Casa Rosada informó que los comicios serán el 1 de diciembre.

Encabezada por Ledesma Abdala, la fórmula, que originalmente era Gerardo Zamora-Niccolai, se completará con Neder, hasta ahora ministro de Gobierno, y de esta forma la dupla del Frente Cívico tendrá una pata puramente "zamorista" y otra de neto corte peronista.

"Necesito que todos, juntos y comprometidos, hagamos que continúe vigente este gran proyecto provincial para el bienestar y la tranquilidad de todos los santiagueños. Espero que Dios y la Virgen nos acompañe a todos los santiagueños y nos dé un rotundo triunfo", expresó Ledesma Abdala en declaraciones reproducidas por el portal de El Liberal.

En su presentación, la UCR local denunció que existía una "situación de incertidumbre" dado que el actual gobernador, que está cursando su segundo mandato consecutivo, había sido autorizado por el Tribunal Electoral Provincial a presentarse para un tercer mandato en el cargo, "a pesar de que el artículo 152 y la cláusula transitoria sexta de la Constitución provincial le impiden hacerlo".

En el fallo firmado hoy los jueces del Máximo Tribunal también dispusieron "el levantamiento de la suspensión de la convocatoria a elecciones a gobernador y vicegobernador" que habían decretado en la cautelar con lo que quedó expedita la vía para la realización de los comicios, que se realizarán finalmente el 1 de diciembre.

Si bien el Superior Tribunal de Justicia de Santiago del Estero había convalidado la presentación como candidato a la reelección al rechazar un "per saltum" de la oposición que pretendía inhabilitarlo, el fallo de la Corte sostiene que "debió oponerse a la oficialización de su candidatura".

Para ello señala que el mandatario provincial tenía que "adoptar una conducta distinta al consentimiento de las presentaciones judiciales efectuadas en el ámbito local con el propósito de permitirle presentarse nuevamente como candidato".

"El estado de derecho se caracteriza no sólo por su elemento sustantivo, es decir el reconocimiento y al tutela de los derechos públicos subjetivos sino también por la forma como este objetivo intenta alcanzarse" iniciaron los magistrados.

Los ministros reconocieron que "es preciso señalar que la soberanía popular es un principio de raigambre constitucional que el sistema democrático se integra con el reconocimiento del pueblo como último titular del poder político".

No obstante señalaron que "al mismo tiempo, y para cumplir con ese objetivo, pone su acento en los procedimientos habilitados para hacer explícita aquella voluntad, origen del principio de representación".

Sobre el mismo tema el máximo tribunal santiagueño se había negado a aceptar un "per saltum" presentado por la oposición y convalidó un fallo que declaró inconstitucional una cláusula transitoria de la Constitución provincial que impedía la re-reelección del actual gobernador.

Con anterioridad, el 13 de septiembre, el Juzgado en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación había declarado la "inconstitucionalidad de la Cláusula Transitoria Sexta de la Constitución de la Provincia y habilita al ciudadano Gerardo Zamora a participar en las elecciones".

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