En sus argumentos el Tribunal consideró que cuando se trata de elecciones simultáneas le corresponde a la Justicia Federal llevar adelante los comicios, mientras que si la competencia sólo se limita a los cargos provinciales la encargada de supervisarlos es la Justicia local, que en el caso específico de la Ciudad de Buenos Aires es el Tribunal Superior de Justicia porteño.
Según trascendió ayer, ese será el criterio de la Corte de aquí en más cuando se presenten casos similares al porteño.
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