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21 de agosto 2006 - 00:00

Llega, lenta, la PC a los padrones

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La Cámara Nacional Electoral dictó una acordada en la que resolvió suprimir el fichero manual alfabético del Registro Nacional de Afiliados a los partidos políticos por registros conservados en soporte digital en el sistema informático electoral.

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El tratamiento electrónico integral de la información permitirá al Tribunal tener una inmediata actualización y depuración de la base de datos que se utiliza para la confección de los padrones electorales. Al mismo tiempo, posibilitará reasignar recursos humanos y materiales a nuevas áreas de trabajo destinadas cabalmente al control y corrección de datos registrales. También a funciones primarias que han acrecentado las tareas del fuero como control del financiamiento de los partidos políticos o la implementación del nuevo registro de electores privados de la libertad cuya organización se le ha encomendado a este tribunal.

La adecuación de los procedimientos que prevé el Código Electoral Nacional a las herramientas que ofrece la informática para la organización y depuración de los registros electorales constituye la culminación de un proceso de informatización global del fuero iniciado en 2002.

El cambio implica la necesidad de producir una modificación legal del Código Electoral del año 1972 que contemple el uso de las modernas tecnologías. Actualmente, existe un proyecto de ley -ya tiene media sanción en la Cámara de Diputados-que autoriza la incorporación de datos del ciudadano al sistema informático. Otra propuesta que persigue el mismo propósito está en la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado.

  • Objetivo

  • En ese sentido, la acordada de la Cámara Electoral busca profundizar la modernización del fuero a través de la implementación de los nuevos recursos tecnológicos, los cuales -por su mayor idoneidad-han dejado en la obsolescencia a los instrumentos concebidos originariamente para reproducir la información contenida en las fichas electorales originales.

    Cabe señalar que las normas establecidas en el Código disponen que los datos de los ciudadanos con los que se forman los padrones se almacenan en tres tipos de ficheros. Por cada elector hay una ficha original -que lleva su firma e impresión digital y la forma del oficial público del Registro Civil-y otras dos, auxiliares, que sólo sirven para facilitar la búsqueda de la información, por el apellido del elector (en ficheros alfabéticos) o por el número de documento (en ficheros matriculares), y según su sexo, ya que estas fichas se clasifican, a su vez, en ficheros femeninos y masculinos. Los ficheros auxiliares pierden todo sentido si los datos se encuentran incorporados a un sistema informático, ya que los motores de búsqueda de estos sistemas permiten encontrar información no sólo por las opciones descriptas sino por muchas otras (domicilio, clase, lugar de nacimiento, nombre de los padres, etc.).

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