Hasta ahora, en este tipo de casos las mujeres que afrontan la angustia de llevar en sus vientres un bebé que no tiene ninguna posibilidad de vivir, deben recurrir a la Justicia y esperar un veredicto que las autorice si quieren interrumpir el embarazo. El objeto de la ley es Esta situación tendrá que ser
Una vez confirmada la nula posibilidad de vida del bebé al nacer, el médico estará
Además, se deberá dejar «constancia en la historia clínica de haber proporcionado dicha información, debidamente conformada por la gestante».
Por la norma, los establecimientos asistenciales del sistema de salud porteño deberán
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