La Moto es mIa, pero no la puedo patentar ni vender
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Consulta: Soy poseedor de una moto Zanella Andina 1979 desde el año 1987, que está a mi nombre y sin deuda de patentes. Me dirigí entonces al registro de motovehículos y allí surgió el problema... me han informado que por la antigüedad de la moto, aun siendo yo el titular y no teniendo la moto deuda alguna, ésta no se puede registrar como para que yo pueda disponer del bien y venderla. Mis argumentos fueron que no es una moto sin papeles (los tengo todos), que no tiene deuda alguna y que yo soy el titular, o sea, el dueño del bien, ¡el cual ya estaba registrado! Lo que me han dicho es que debo hacer los trámites a través de un abogado, con el consecuente costo y la pérdida de tiempo que esto implica, para que luego un juez me la dé «en custodia» (Custodia a mí ¡si soy el dueño!) hasta que la Justicia me permita ser el dueño (que ya lo soy) y pueda disponer de mi bien (del cual siempre creí disponer) y entonces así poder venderla. La verdad es que ¡no lo entiendo! Cordialmente. Marcelo Peña
Respuesta: Marcelo, en estos momentos patentar una moto usada sin registrar no se puede hacer en el registro. La forma posible es por medio de una orden judicial. A través de un abogado, presentar el pedido a un juez para que éste autorice a patentar esa moto en particular. Sin duda los trámites a realizar serían de un valor muy similar al de la moto. Estamos tratando de reabrir la inscripción en los registros seccionales reinstalando la DN 140/06 que hasta el 3/10/07 permitía regularizar la situación de su moto y de decenas de miles que atraviesan situaciones similares. Lamentablemente, su moto no estaba registrada, pues no existía Registro de la Propiedad; éste se creó en el Decreto- Ley 6.582/1958, pero no incorporó los motovehículos, hasta el 1/2/1991, cuando se produce una incorporación tardía al sistema registral argentino e incluso, según plantea el jurista cordobés y premio Konex 1996 Luis Moisset de Espanés, hay una fuerte discrepancia en cuanto a la constitucionalidad de la Resolución 586/88. Se decide darles a los motovehículos «seguridad jurídica registral», dejan de ser cosas muebles y pasan a ser bienes registrales. Ahora, en su caso no entra en juego la opción de la posesión de buena fe (Art. 2412 Código Civil), pues usted es dueño de la cosa (con respeto por la Andina), pero igual marche a la Justicia. Sin duda, la solución para estos temas está en sede administrativa, pudiendo reinscribir su moto, pues ella, como muchas otras, se va recuperando día a día y en muchos casos llevan años sus restauraciones. Es por eso que consideramos altamente imprescindible que las autoridades del Registro de la Propiedad den una norma regular para poder inscribirlas como usadas no registradas cuando las motos se terminan de restaurar o recuperar. Le ofrecemos acompañarlo al Registro Seccional y allí presentar una nota en Consulta a Dirección Nacional para pedir la inscripción de su moto y la reapertura para inscribir las motos usadas anteriores al 22/5/1989 como una norma habitual.
¿DOnde se pagan las patentes?
Consulta: Compré una moto usada; yo soy el tercer dueño; el primero era de La Plata, el segundo de 9 de Julio y yo de Capital Federal. La situación es la siguiente: los papeles de la moto están en un registro de Capital Federal, pero nunca se dio el alta de patentes acá, es decir, hasta 2005 pago patentes en La Plata, después no pago más. Quería saber cómo tengo que hacer; no sé si ir a La Plata a dar de baja las patentes, no sé si en realidad se le dieron de baja ya y hay que darle el alta acá, no sé qué se necesita para darle de baja allá ni para darle de alta acá; no sé tampoco dónde tengo que hacerlo en La Plata ya que no figura nada en ningún lado; tampoco sé si puedo empezar la transferencia en el registro independientemente de las patentes. Bueno, si me pudieran ayudar estaría muy agradecido. ¡Saludos! Respuesta: La transferencia de la moto la podés hacer independientemente si tiene deuda de patentes, infracciones o no está dada de alta. El problema es que la transferencia se haría, pero vos después vas a tener que darle la baja en la Municipalidad de La Plata y hacer lo mismo en 9 de Julio. Una vez que tengas la baja de 9 de Julio le podés dar el alta en Capital Federal. Seguramente te van a pedir un informe histórico para saber dónde estuvo radicada la moto. Para hacer el trámite de las bajas y altas tenés que ir a la municipalidad de cada uno de los municipios en donde estuvo radicada la moto, no a los registros.
¿DOnde Patento un ATV?
Consulta: Para iniciar los trámites de patentamiento de un cuatriciclo en Capital Federal ¿me corresponde alguno por domicilio o tengo que ir a un lugar específico? Muchas gracias. Adrián Parisi
Respuesta: Para patentar el cuatriciclo tenés que dirigirte al registro que te corresponde por el último domicilio que figura en tu DNI. Para averiguar las radicaciones tenés que llamar al (011) 4011-7337, donde, según el domicilio te indican a qué registro pertenece, también se puede consultar en el site de la Dirección Nacional www.dnrpa.gov.ar. Motos Argentinas: consultas: [email protected]