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20 de diciembre 2006 - 00:00

Corte negó beneficio a jueces de Mendoza

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La decisión de la Corte Federal también indica que la causa vuelva al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento. En los fundamentos de la medida firmada por los miembros de la Corte se señala que los conjueces de la Corte provincial «han omitido la consideración de circunstancias conducentes para la adecuada solución del litigio».
 Expediente
A su vez, la Corte nacional también requirió el expediente donde se tramita la acción de inconstitucionalidad planteada por 11 jueces mendocinos contra la enmienda al artículo 151 de la Constitución provincial. La decisión de la Corte se tomó luego de que el gobierno de Cobos presentara un recurso de queja contra el pronunciamiento de la Corte local, que en mayo de 2006 ordenó no descontar aportes previsionales ni mutuales de la remuneración de 11 magistrados.
El gremio judicial había planteado que era inconstitucional la decisión de derogar el sistema porcentual, conocido vulgarmente como la ley de enganche salarial. Se trata del mecanismo automático que hace aumentar proporcionalmente los sueldos de los agentes judiciales al ritmo de los haberes de los ministros de la Corte local.
La abolición de este me-
canismo ocurrido en el tra-
tamiento Presupuesto de 2004 generó el reclamo del gremio y la consecuente pe-
lea judicial.
Ahora se deberá nominar un nuevo tribunal de conjueces de Corte mendocina para que resuelva el conflicto «Asociación Gremial de Empleados Judiciales contra Gobierno de Mendoza».
 Presupuesto
La sentencia que beneficia a Cobos se da previo al desembarco de la Corte local en la Legislatura para defender por primera vez, ante las comisiones de Hacienda y Presupuesto de ambas cámaras, el presupuesto judicial que confeccionó.
Se prevé un fuerte debate porque el proyecto de presupuesto judicial incluye una medida polémica, que es pagar la antigüedad de los magistrados desde el momento en que se recibieron de abogados, según publicó ayer el diario mendocino «Los Andes».

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