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19 de julio 2006 - 00:00

Modificarán superpoderes de Montoya

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Centralmente, las facultades actuales le permiten al organismo que conduce el subsecretario de Ingresos Públicos, Santiago Montoya, disponer embargos de activos bancarios y de bienes, y secuestrar vehículos -como disposición administrativa de Rentas-, para presentar la denuncia respectiva y darle intervención a la Justicia dentro de los 60 días siguientes a la efectivización de las incautaciones.
La idea sobre la que se trabaja ahora es que Rentas se presente en los tribunales e inicie juicio al deudor «en forma simultánea» a la disposición, por la vía administrativa -una resolución de ese organismo del gobierno provincial-, del embargo de algún bien del contribuyente en mora.
Según reconocieron fuentes oficiales, las duras críticas que ha generado la ley de superpoderes de Rentas aprobada a fines del año pasado, y que se han traducido en numerosas presentaciones ante la Justicia pidiendo que se la declare inconstitucional, están en la base de la decisión del gobierno de Felipe Solá de implementar un nuevo mecanismo, que implicaría una «versión moderada» de esas facultades especiales.
Ocurre que, si bien Rentas puede aplicar las disposiciones de esa norma que le permiten secuestrar automotores -siempre con un plazo de 60 días para darle intervención a la Justicia-, desde marzo pasado no puede, en cambio, utilizar las resoluciones orientadas a embargar cuentas y activos bancarios.
Una medida cautelar dictada por un juez civil marplatense, por presentación de una entidad de defensa de los contribuyentes, frenó esa facultad especial, destacó el diario «El Día» de esta ciudad.
Y aunque el Ejecutivo provincial apeló esa resolución de primera instancia, la Suprema Corte todavía no resolvió el caso, mientras analiza, además, otras demandas de inconstitucionalidad contra los superpoderes de Rentas.
Por eso, la administración Solá trabaja ahora en la redacción de una nueva ley que establezca que sean «simultáneas» la acción de embargo de cualquier tipo de bien de los contribuyentes morosos (cuentas bancarias, autos, inmuebles) realizada por Rentas y el correspondiente pedido de juicio contra los deudores.
Así lo indicaron fuentes oficiales que subrayaron que de esa manera Rentas de la provincia tendría «la misma facultad que tiene la AFIP desde hace 15 años».

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