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La norma busca «optimizar la ejecución y control de las acciones implementadas en materia de estrategias de prevención y control de los sistemas de rendering y alimentación animal», indicó el organismo sanitario.
De acuerdo con la resolución, las plantas deberán conservar documentación válida sobre los insumos usados en la elaboración de productos durante un plazo no menor a 2 años, y en el caso de que éstos sean productos, subproductos o derivados de origen animal, el plazo obligatorio para conservar la documentación será de 7 años.
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