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19 de septiembre 2002 - 00:00

Piden aplicar ya ajuste impositivo por inflación

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«La Ley de Impuesto a las Ganancias que tenemos hoy quedó obsoleta ante un contexto de inflación», señaló
En la reunión también se consideraron otras cuestiones tributarias vinculadas con la producción. El contador


Las exigencias para gozar de este beneficio son que el campo se encuentre en una zona de desastre declarada por decreto nacional publicado en el Boletín Oficial, que la afectación sea de 80% o más y que el reconocimiento incluya los niveles municipal y provincial.

Los beneficios que otorga el decreto pueden abarcar más de un ciclo comercial. Así, si un establecimiento cierra el ejercicio el 30 de junio y el certificado de desastre comprende desde abril a setiembre, éste sirve para la exención de Impuesto a las Ganancias por dos períodos fiscales. ¿Qué pasa cuando una firma tiene dos campos, y uno de ellos está ubicado en zona de desastre? Para gozar de la eximición del Impuesto a las Ganancias, el campo afectado debe aportar 50% o más de los ingresos de la firma. Los aportes y contribuciones del empleador sólo se dejan de pagar en el campo afectado por el desastre.

La tramitación de la exención tributaria comienza en la municipalidad local, con la extensión del certificado que acredita el porcentaje afectado.

Luego se debe transitar la instancia provincial, que emite el certificado definitivo. El último paso es la presentación del certificado ante la AFIP, acompañado de una declaración jurada.

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