La solicitud de autorización podrá realizarse vía web.
A través de la resolución 3902 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso que productores de granos y legumbres secas que estén incluidos en el registro de emergencia o desastre agropecuario, podrán solicitar una autorización de no retención de impuesto a las Ganancias.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
"Los agentes de retención quedarán exceptuados de practicar las retenciones del impuesto a las ganancias, cuando el contribuyente haya obtenido la exclusión del régimen", reza el texto.
La solicitud podrá realizarse vía web. Los productores que pidan ser exceptuados no deben registrar cambio de domicilio fiscal desde el momento en que se declaró en estado de emergencia o desastre agropecuario.
Dejá tu comentario