Con la finalidad de evitar la acefalía de la AFA, la Inspección General de Justicia (IGJ) aprobó la inscripción de las autoridades de la entidad madre del fútbol designadas en la cuestionada asamblea celebrada el 19 de mayo de 2020, en la que fue designado como presidente Claudio “Chiqui” Tapia.
En un escrito de cinco páginas al que accedió Ámbito, la IGJ hace referencia a las denuncias presentadas por los clubes Chicago y San Martín de Tucumán quienes cuestionaban la realización de la asamblea de la AFA que en plena panademia del coronavirus votó un nuevo directorio para la AFA.
Al respecto, el organismo que conduce Ricardo Nissen señala que “las resoluciones adoptadas en la Asamblea General Extraordinaria del 19 de mayo de 2020 fueron aprobadas por esta Inspección General de Justicia en el expediente N 9157118, en el cual se decidió la autorización e inscripción de las reformas efectuadas al estatuto social de la AFA”.
No obstante, la IGJ aclara que San Martín de Tucumán “presentó una demanda ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N 89 de esta Ciudad, en autos caratulados ‘Club Atlético San Martín contra Asociación del Fútbol Argentino sobre nulidad de acto jurídico’ que se encuentra en pleno trámite”.
“Estas últimas circunstancias generaron un corrimiento de los mandatos del órgano de administración de la AFA, el que, por expresas disposiciones estatutarias, principian su actuación luego de la Asamblea General Ordinaria que se celebra durante el mes de octubre. De ello resulta evidente que si la elección hubiere sido celebrada durante el mes de octubre del año 2021, la institución habría tenido varios meses sus autoridades con mandato vencido, con todos los innumerables perjuicios que dicha circunstancia podría acarrear a la AFA”.
En ese sentido, Nissen reconoce que la asamblea del 19 de mayo “podría ser calificada de prematura” puesto que debía ser convocada en octubre, pero advierte que “esa opinable actuación no resulta suficiente, a mi juicio, para denegar la inscripción de la designación de autoridades electas en dicha asamblea y rechazar la autorización para que las mismas asuman sus cargos”.
En esa línea la IGJ alerta que si la AFA no pudiese contar con sus autoridades debidamente inscriptas y autorizadas, ello podría hacer incurrir en una situación de acefalía lo que constituye “una situación susceptible de provocarle gravísimos perjuicios, como resulta sencillo imaginar”.
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