La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ratificó ayer el comienzo del régimen de factura de crédito para el primero de julio, el que según el titular del organismo recaudador Alberto Abad «será un instrumento de probada eficacia». Según el director de la AFIP, las posibilidades de este régimen «están demostradas en la experiencia brasileña, porque permite que las PyMEs acudan inmediatamente al financiamiento, dado que son títulos fácilmente descontables en el mercado». Para Abad, «la factura de crédito tiende a acotar el riesgo crediticio de los compradores, porque son empresas de reconocida solvencia».
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La factura de crédito será siempre obligatoria y se establecerá un monto mínimo de 500 pesos para poder emitirla. El plazo para que la operación sea considerada de contado se ampliará de los 15 días que figuraban en la resolución primaria, a 30 días. Además, las empresas que no cumplan con la aceptación obligatoria del régimen de factura de crédito no podrán computar el crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) ni efectuar deducciones.