Los monotributistas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deben realizar un trámite todos los años en enero y julio. Se trata de se la recategorización semestral para los contribuyentes del Régimen Simplificado.
Los monotributistas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deben realizar un trámite todos los años en enero y julio. Se trata de se la recategorización semestral para los contribuyentes del Régimen Simplificado.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Este trámite puede realizarse desde el 1 hasta el 27 de enero, sin excepción. En caso de que se pase la fecha y no se haya hecho la recategorización, la AFIP puede hacer la recategorización de oficio, además de aplicar sanciones.
Para recategorizarse en los niveles del monotributo, hay que analizar que no hayan cambiado los valores de los siguientes puntos en los últimos 12 meses:
Según el total de los valores que arroje cada parámetro, habrá que recategorizarse a la categoría que corresponda según el parámetro más alto. Si corresponde quedarse en la misma categoría, no se debe hacer ningún trámite.
Dejá tu comentario