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19 de septiembre 2022 - 15:14

El régimen de promoción a la industria automotriz salió con un veto parcial

Se había agregado un texto que implicaba que las empresas pudieran gozar del beneficio por el aumento de sus ventas al exterior sin cumplir con requisitos de inversión.

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El gobierno promulgó el nuevo régimen de promoción

Antes de partir hacia Estados Unidos, el presidente Alberto Fernández les dejó una mala noticia a las automotrices: vetó un artículo de la ley de promoción de inversiones que permitía el beneficio de retenciones cero para exportaciones incrementales para las empresas que no reunían los requisitos previstos en el régimen. Con ello, las terminales nacionales podrán gozar del beneficio para las ventas al exterior de automóviles que se fabriquen en el país sólo a partir de los proyectos promocionados bajo el amparo del régimen cuya vigencia será hasta 2029.

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Las razones del veto tienen que ver con un agregado en el texto del artículo 13 de la ley donde se enumeran los productos alcanzados. Quedó redactado de un modo tal que se entendía que para lograr el beneficio fiscal no era necesario llevar a cabo ninguna inversión. “Ello llevaría a que se vieran desvirtuados los objetivos perseguidos por la norma”, dice el decreto. Fuentes empresarias indicaron a Ámbito que se esperaba que el Poder Ejecutivo tomara la medida.

Por otro lado, el proyecto de Presupuesto 2023 que fue enviado al Congreso el pasado 15 de septiembre no contempla el cupo fiscal necesario para cubrir los costos del régimen, de modo que se supone que los legisladores van a tener que introducir los cambios necesarios para que el esquema pueda funcionar.

Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, señaló respecto del nuevo régimen que “tiene varios beneficios tributarios que tienen como objetivo fomentar las inversiones para la producción de determinados bienes y la realización de actividades” y dijo que “en un contexto económico complejo, con alta inflación y escasez de dólares, busca generar algunas condiciones beneficiosas para la realización de inversiones”.

Entre los beneficios fiscales del régimen figura que se podrá solicitar la devolución del IVA que se genere por las inversiones en bienes de capital, incluyendo las obras de infraestructura destinadas a la actividad industrial relacionadas con la producción del bien objeto del proyecto aprobado. Se reduce de 6 meses a 3 meses el requisito de mantener el saldo a favor del IVA para poder solicitar la devolución. Los bienes muebles podrán ser amortizados en 3 cuotas anuales, iguales y consecutivas desde el período fiscal de su afectación, inclusive. En el caso de las obras de infraestructura, como mínimo en la cantidad de cuotas anuales, iguales y consecutivas que surja de considerar su vida útil reducida al 50% de la estimada.

Para poder acceder a los beneficios fiscales, las empresas van a tener que incorporar piezas y autopartes nacionales en las unidades que se fabriquen en el país en proporciones de hasta el 30% a los 5 años de iniciado el proyecto de inversión. Se podrán beneficiar autos, utilitarios livianos, chasis de camiones y ómnibus, motores y cajas de cambio, entre otros.

Los regímenes especiales para fomentar la liquidación y crecimiento de las exportaciones se multiplicaron en el último año y ya incluyen a complejos productivos que representan 51% de las ventas argentinas de bienes, equivalentes a unos u$s45.00 mil millones anuales, según un informe de la Fundación Libertad y Progreso en base a datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Las iniciativas vigentes incluyen básicamente tres tipos de beneficios: liquidación a un tipo de cambio por encima del oficial, como el “dólar soja”; reducción de los impuestos sobre las exportaciones (como en este caso), y acceso y posibilidad de disponer de las divisas generadas por las exportaciones con mayor libertad.

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