El Ministerio de Economía realizó una importante aclaración sobre el blanqueo al que podrán adherir los sujetos residentes fiscales en el país al 31 de diciembre de 2023 y las personas humanas no residentes que hubieran sido residentes fiscales en el país antes de esa fecha.
A través de la Resolución 613/2024 publicada este miércoles en Boletín Oficial, el Ministerio de Economía brindó precisiones sobre cómo deben instrumentarse las inversiones directas e indirectas de proyectos inmobiliarios.
En uno de los capítulos de la ley de Blanqueo, se aclara que los sujetos una vez que el dinero en efectivo sea depositado o transferido a una Cuenta Especial de Regularización de Activos, podrán destinar ese monto a una serie de instrumentos financieros, entre los que se incluye los proyectos inmobiliarios.
En este sentido, se agrega que resulta comprendido como inversiones en proyectos inmobiliarios "la celebración de contratos de locación de obra o de similar naturaleza, para el caso de obras sobre inmueble propio con destino a fines industriales o productivos", afirma el documento.
Blanqueo: en qué se puede invertir el dinero sin tener que pagar penalidades
Según la Resolución N° 590/2024 que publicó Economía en el Boletín Oficial los fondos exteriorizados en efectivo, depositados en las cuentas especiales de regularización, podrán destinarse para la suscripción o adquisición de:
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