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El principal objetivo de la reforma realizada por el titular de la AFIP es resguardar el interés fiscal, lo que significa un cambio importante de aquí en más, habida cuenta del olvido evidenciado por algunos verificadores, en los últimos tiempos, sobre esta importante función aduanera.
Con la nueva normativa, las mercaderías que se declaren a un precio que esté por debajo del valor criterio fijado por la aduana ingresarán automáticamente por el canal rojo, y los importadores deberán garantizar la diferencia de tributos que hubieran debido pagar si no subfacturaban.
Ahora, como lo solicitaron muchas cámaras empresariales, las garantías deberán ser bancarias, en efectivo o en títulos de la deuda pública, que tienen un costo mayor que las pólizas de caución. Aunque esto ocurre únicamente cuando el valor declarado sea inferior a 80% del valor criterio.
Sin embargo, la nueva normativa prevé que, aunque no se apliquen garantías, la Aduana y la DGI podrán efectuar fiscalizaciones conjuntas, lo que agregará una mayor incertidumbre al importador transgresor.
Las nuevas medidas obligan a la Aduana a modificar con mayor frecuencia los valores criterio, para que representen realmente los valores de mercado, por lo que, si se quieren evitar errores perjudiciales, las entidades privadas deberán estar más activas en la presentación de información que ayude al organismo a fijar valores representativos.
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