Clave: habilitan a bancos a devolver los plazos fijos
A partir de enero de 2003, los bancos estarán habilitados para devolverles la totalidad de los depósitos reprogramados a sus clientes. La medida no es obligatoria, sino que cada entidad deberá resolver si está dispuesta a pagar anticipadamente o seguir con el cronograma previsto. La decisión tiene que ver con la presión del FMI para que se libere lo antes posible el "corralito". A partir de hoy, por otra parte, los ahorristas pueden canjear sus depósitos por bonos en dólares o en pesos. El plazo vence el 15 de abril, pero Economía decidiría una prórroga hasta el 25 próximo.
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«Por una cuestión de imagen o de marketing, algunos bancos seguramente se mostrarán proclives a acelerar la devolución de los depósitos a sus clientes», explicaron fuente del Central.
En tanto, los ahorristas podrán optar desde hoy por adquirir tres tipos de títulos del Estado, dos en dólares y uno en pesos, en canje por el plazo fijo que tienen reprogramado en el banco. El plazo para elegir esta opción vence el 15 de abril, pero en el Ministerio de Economía no descartan una prórroga, probablemente hasta el 25.
Ayer el Banco Central dio a conocer el instructivo para que los bancos permitan al público el canje del dinero del «corralito» por los bonos. El Ministerio de Economía espera que los títulos sean aceptados por lo menos por 50% de los ahorristas. Según indican en Hacienda, para los ahorristas es la posibilidad de recuperar los dólares originalmente invertidos, aunque a diez años de plazo.
En lo que respecta a los dos títulos en dólares que serán ofrecidos, el monto máximo que se admite para cada tenedor de plazo fijo es de u$s 30.000 por titular y por entidad. El plazo de vencimiento es, en ambos casos, de diez años. En el caso de los títulos en pesos, no hay límite para la suscripción y tienen un vencimiento de cinco años.
Un dato clave es que los ahorristas podrán utilizar sus depósitos pesificados para adquirir los bonos en dólares. En este caso, regirá un tipo de cambio especial de $ 1,40. Esto significa que un depósito de 42.000 pesos podrá canjearse por un bono de 30.000 dólares. También servirán para comprar los bonos en pesos, aunque no tendría demasiado sentido.
En tanto, los depósitos reprogramados que original-mente fueron pactados en pesos sólo podrán ser utilizados para adquirir el bono en moneda local.
Una vez que estén en manos de los ahorristas, los bonos podrán ser vendidos en el mercado secundario. Pero se estima que su cotización no superará 20% del valor nominal. Por lo tanto, quienes piensan obtener rápidamente los dólares no es buen negocio tomar los títulos, ya que recuperarán una mínima parte de lo invertido originalmente.
Si el depósito es de un monto superior, sólo una parte podrá aplicarse al bono en dólares. El resto quedará reprogramado con las condiciones ya conocidas.
Los plazos fijos de los ahorristas que no opten por el canje de su depósito por un bono quedarán reprogramados, de acuerdo con el cronograma ya conocido. En el caso de los depósitos en dólares que fueron pesificados, el pago de la última cuota vence en setiembre de 2005 (ver gráfico).
Estas son las principales características de los títulos que el Estado ofrecerá a partir de hoy:
• Título en dólares, opción 1: es a diez años de plazo, y el máximo por ahorrista es de u$s 30.000. La tasa de interés es de 2% anual fija y paga intereses en forma semestral. Comienza a pagar el capital a partir del tercer año, a través de ocho cuotas iguales y consecutivas. Esto significa que el pago del capital tiene dos años de gracia y la prime-ra cuota se cumple recién el 3 de febrero de 2005. El título cotizará en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (por ahora no lo hará en el exterior) y se regirá por legislación argentina.
• Título en dólares, opción 2: también es a diez años de plazo. Pero no paga capital ni intereses hasta su vencimiento, por lo que se denomina cero cupón. La tasa de interés es flotante, Libor más 1% y se capitaliza hasta el vencimiento. Aunque el inversor no cobra hasta el final, el aliciente es que la tasa es superior a la del primer título, porque se espera que la tasa LIBO (flotante) suba respecto de su actual nivel de 1,75%.
• Título en pesos: se emite a cinco años. Tiene una tasa de 3% anual, pero se ajuste por inflación, a través del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), con lo cual se busca evitar la licuación del capital. Los intereses se pagan en forma trimestral. Además, tiene un período de gracia de un año.




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