A través de la Resolución General 5438/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se modificó el régimen de pago a cuenta del impuesto al valor agregado (IVA) a cargo de los usuarios del servicio de molienda de trigo.
El importe fijo del pago a cuenta pasa a ser de $2,75 por cada kilogramo de trigo que ingresa a planta.
A través de la Resolución General 5438/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se modificó el régimen de pago a cuenta del impuesto al valor agregado (IVA) a cargo de los usuarios del servicio de molienda de trigo.
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El régimen de pago a cuenta establece que los usuarios del servicio de molienda de trigo deben realizar un pago a cuenta del IVA correspondiente a la harina que retiran de las plantas molineras. El importe del pago a cuenta se determina multiplicando el 60% de los kilogramos de trigo que ingresan a planta por un importe fijo.
Ahora, la mencionada resolución general modifica el importe fijo del pago a cuenta, que pasa a ser de $2,75 por cada kilogramo de trigo que ingresa a planta. Además, se establece un mecanismo de ajuste semestral del importe fijo, que se realizará con base a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
La resolución general entra en vigencia el 1 de noviembre de 2023 y será de aplicación para los retiros de harina que se realicen a partir de esa fecha.
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