29 de julio 2002 - 00:00

Comienza a regir el CER

Desde el próximo sábado, comenzará a regir el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) para los alquileres y créditos que quedaron fuera de las excepciones dispuestas por el gobierno, y su indexación repercutirá en las cuotas que se paguen a partir de setiembre. Préstamos comerciales, hipotecarios de viviendas que no sean unifamiliares, prendarios superiores a los $ 30 mil, personales de más de $ 12 mil y empresarios en general, sin distinción de montos, se comenzarán a indexar a través de este coeficiente, que hasta el viernes pasado acumuló un alza de 28,7%. La indexación se aplicará sobre el capital adeudado, y en cambio, los bancos deberán aplicar una tasa de interés máxima sobre ese monto, que en promedio ronda 4%.

Así, para los deudores que no hayan entrado en las excepciones dispuestas a través del Decreto 762/02, que incorporó el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) aplicable a algunos pasivos, se materializará el temor que había despertado el CER en el momento de su aparición, respecto de los aumentos en el capital adeudado.

Las cuotas podrían aumentar a partir de setiembre, ya que según se dispuso en la normativa por la cual el ex ministro de Economía Jorge Remes Lenicov creó este sistema, durante los seis meses que corrieron entre marzo y agosto, las cuotas permanecerían congeladas.

• Tasas

Cuando Economía lanzó el CER para evitar que la pesificación de las deudas terminara licuándolas irremediablemente para perjuicio de los acreedores, lo hizo en simultáneo con una serie de tasas de interés máximas, que todos los bancos debieron aplicar a partir del Decreto 410/02 del mes de marzo.

Quienes prevén que serán los más perjudicados por el CER son los pequeños y medianos empresarios, que ya comenzaron a manifestarse en contra de su inminente aplicación.

El impacto del CER es sobre el capital, con lo cual los pasivos que se amorticen mediante el sistema francés (donde se paga el grueso de intereses al comienzo) serán los que más lo sientan, al igual que los negociados por la modalidad «capital a término», típica de las escribanías.

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