Nos dirigimos a Uds. para llevar a su conocimiento que se ha dispuesto que, los pagos por importaciones de bienes de capital por contratos celebrados con anterioridad al 30.11.01, podran cursarse de acuerdo a los plazos y formas de pago pactados.
Saludamos a Uds. muy atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPþBLICA ARGENTINA
Jorge L. Rodriguez Raul O. Planes Gerente de Exterior y Subgerente Gerente Cambios de Operaciones
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