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27 de mayo 2005 - 00:00

Corte italiana falló a favor de la Argentina por default

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La moratoria "para la emergencia pública en materia social, económica y financiera establecida en 2002 por Argentina respecto a los ahorristas titulares de bonos del Estado no puede ser considerado un acto de derecho privado, que permita retirar al país extranjero al régimen de inmunidad y someterlo a la jurisdicción italiana", precisó la Corte.

La Corte italiana agregó que la normativa del default fue `Iuri Imperi` porque permitió al país "proteger las necesidades básicas de su población".

Además precisó que "la inmunidad se puede derogar ante los actos de soberanía lesivos a los valores universales de la dignidad humana, que por el contrario las leyes argentinas tienen a preservar".

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