Los clientes que acrediten dificultades socioeconómicas o humanitarias serán eximidos del pago del cargo contemplado en el Decreto 2067/08, informaron hoy las distribuidoras Gas Natural BAN y Metrogas.
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"La aplicación del cargo del Decreto 2067/08 contempla excepciones para aquellos que acrediten una singular situación de dificultad socioeconómica o humanitaria eximiéndolos de su pago", indicó Gas Natural Ban mediante un comunicado.
Metrogas, por su parte, detalló que la excepción se aplica en los casos en que el titular del suministro reciba algún tipo de subsidio por desempleo; sea beneficiario de un Plan Social otorgado por la Nación, Provincia o Municipio; o posea un Certificado de Discapacidad.
Además, el solicitante no podrá poseer más de uno de los siguientes servicios: sistema de televisión paga (cable o satelital); conexión a Internet; telefonía fija; y teléfono móvil.
Por último, el domicilio del suministro debe ser su única vivienda, y entre los habitantes no podrá haber más de una persona que perciba ingresos, comunicó Metrogas.
Los clientes podrán solicitar la eximición mediante la presentación de un formulario acreditando la situación de dificultad.
Los interesados podrán obtener el formulario en www.metrogas.com.ar o en cualquiera de las oficinas comerciales de la compañía, de lunes a viernes de 8.30 a 15.00.
También podrán acceder al formulario en las oficinas de atención al público de Gas Natural BAN de lunes a viernes de 8.15 a 16 o a través de Fonogas 0810- 333-46226.
Asimismo, Gas Natural BAN dispone de diferentes planes de pago para financiar a sus clientes, indicó la empresa.
El cargo dispuesto por el Decreto 2067/08 se aplica a los clientes de mayores consumos categorizados como R3 3 y R3 4, correspondiente a aquellos que consumen más de 1501 m3 al año y que en su conjunto no superan el 22% del total de los clientes de la distribuidora.
A continuación el comunicado de Gas Natural Ban:
Gas Natural BAN informa que en la aplicación del cargo del Decreto 2067/08 contempla excepciones para aquellos que acrediten una singular situación de dificultad socioeconómica o humanitaria eximiéndolos de su pago.
Aquellos clientes que por su consumo se encuentran comprendidos en el Decreto 2067/08 y que se hallan en condiciones de acreditar una singular situación de dificultad socioeconómica o humanitaria, podrán solicitar la eximición de la aplicación del mencionado Decreto, previa presentación del formulario que a tal efecto oportunamente se elaboró, acreditando la situación antes mencionada. Dicho formulario se encuentra a disposición de los clientes en todos los centros de atención al público de la empresa. Asimismo Gas Natural BAN dispone de diferentes planes de pago para financiar a sus clientes.
Gas Natural BAN informa que el cargo dispuesto por el Decreto 2067/08, solo se aplica a los clientes de mayores consumos, categorizados como R3 3 y R3 4, es decir, aquellos que consumen más de 1501 m3 al año y que en su conjunto no superan el 22% del total de los clientes de la distribuidora.
Gas Natural BAN esta a disposición de sus clientes, para efectuar las excepciones que correspondiere, u otorgar planes de pagos, como así también para aclararles cualquier duda al respecto, pudiendo llamar al Fonogas: 0810- 33346226, o bien acercarse de lunes a viernes de 8,15 a 16 horas a sus oficinas comerciales, sitas en:
Centros del Gas Martínez: Av. Santa Fe 1550 Morón: Sarmiento 873 San Justo: Av. Arturo Illia 2601 San Miguel: Sarmiento 1663
Centros Integrales de Servicios Caseros: Av. San Martín 2108 Escobar: Mitre 667 Pilar: Local 2, Complejo Village Pilar San Martín: Saavedra 2011 Tigre: Av. Cazón 1454 Luján: Francia 1144 Zárate: Alem 341
Centros Integrales de Pago Malvinas Argentinas: 25 de Mayo 2694, Moreno: Local S5 Nine Shopping, - 9:00 a 16:00 hs. Gregorio Laferrere: Soberanía Nacional 2911 Mercedes: Calle 24 Nº 555 Mariano Acosta: Superí 660 Merlo: Riobamba 674
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