La ley, que ahora debería ser reconfirmada con dos tercios de los votos en el Congreso, contemplaba las siguientes posibilidades para la cancelación de deudas con los bancos:
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• Aplicación de BODEN, pero sólo restringido al público para cancelar créditos hipotecarios destinados a la compra de vivienda única y familiar y líneas personales con y sin garantía. En cambio, fueron excluidos de esta alternativa las empresas. En realidad, esta alternativa ya estaba prevista en el decreto 905/02 y posterior-mente reglamentada. Más tarde llegó la ratificación del Poder Legislativo.