El Gobierno determinó los requisitos que deben cumplir aquellas obras sociales que cuenten con planes médicos con cobertura superior a la del Plan Médico Obligatorio, y quieran aumentar la cuota de su servicio.
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Los requisitos fueron establecidos mediante la Resolución 479/06 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La medida establece que aquellas obras sociales que cuenten con una cobertura superior a la del Plan Médico Obligatorio y quieran aumentar la cuota, deberán presentar la base de cálculo para el aumento solicitado, aportar la correspondiente documentación respaldatoria y enviar un detalle de los gastos y cápita del último semestre.
En base a las mencionadas presentaciones, la Superintendencia de Servicios de Salud deberá decidir por el aumento o no de la cuota.