El portafolio de inversiones está integrado por títulos públicos y privados en dólares y disponibilidades. Los títulos públicos en los cuales el Fondo coloca sus inversiones son analizados por la sociedad gerente y los montos asignados a cada uno de ellos se reparten en función de los niveles de riesgo y retorno determinados por dicha sociedad. La atomización hace que el riesgo potencial disminuya en función de la incidencia de cada título valor representativo de deuda en el total de la cartera.
El Decreto 410/02 del Poder Ejecutivo Nacional, de fecha 8 de Marzo de 2002, establece las excepciones a lo impuesto por el Decreto 214/02, respecto de la “esificación”de todas las obligaciones monetarias denominadas en moneda extranjera. El Decreto exime de la “esificación”el rescate de cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión, respecto de aquella proporción del patrimonio común invertido en activos extranjeros susceptibles de ser efectiva y naturalmente vendidos y liquidados en el exterior en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras.
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