Aumentó los requisitos que deben cumplir los exportadores del fluido con el fin de garantizar el abastecimiento en el mercado interno. Ahora, las solicitudes deberán presentarse ante al secretaría de Energía, que las elevará junto con su recomendación y con la del ente regulador al Poder Ejecutivo a los efectos de su autorización.
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El Gobierno Nacional dispuso aumentar los requisitos que deben cumplir los exportadores de gas natural, con el fin de garantizar el abastecimiento en el mercado interno.
A través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, el Ejecutivo estableció una serie de cambios a la ley 24.076, aprobada por el Congreso hace quince años, y relacionada con la comercialización de fluido.
Según lo establecido ahora, las solicitudes de exportación de gas natural deberán presentarse ante la secretaría de Energía, que a su vez las elevará "junto con su recomendación y con la del ente regulador al Poder Ejecutivo a los efectos de su autorización".
Además, el decreto dispuso que cuando las exportaciones impliquen la construcción de gasoductos o nuevas conexiones a ellos, la autorización de venta contendrá también el visto bueno para que se concreten esas obras.
Y puntualizó que las autorizaciones que emita el Poder Ejecutivo "podrán prever la exportación de excedentes de gas, siempre que estén sujetos a interrupción cuando existan problemas de abastecimiento interno".
El Gobierno justificó esta medida al señalar que "dada la importancia que tiene el gas como recurso energético no renovable y estratégico, es necesaria la adopción de medidas para optimizar su tulización y brindar seguridad para el desarrollo económico y social" de la Argentina.
El decreto lleva la firma del presidente Néstor Kirchner; del jefe de Gabinete, Alberto Fernández y del ministro de Planificación Federal, Julio De Vido.
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