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11 de mayo 2006 - 00:00

Más presión a comercios con multas de hasta $ 5 millones

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Guillermo Moreno
Impulsado por diputados kirchneristas, obtuvo ayer dictamen de comisión un proyecto de modificación a la Ley de Defensa del Consumidor que, entre otras cosas, permitirá al secretario de Coordinación Técnica, Guillermo Moreno, determinar si un vendedor ocasionó un daño a un consumidor, y obligarlo a resarcirlo hasta con $ 3.000 o a pagar multas de hasta $ 5 millones.

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El proyecto presentado por la diputada Stella Maris Córdoba -se estima que tendrá una aprobación rápida porque está basado en un escrito anterior del Poder Ejecutivo- señala que la Secretaría de Coordinación Técnica podrá actuar de oficio en «la vigilancia, contralor y juzgamiento» de presuntas infracciones vinculadas a la defensa de los consumidores. Y especifica que esa dependencia «tendrá las más amplias atribuciones para disponer medidas técnicas, admitir, ordenar y producir pruebas y dictar medidas». De esta forma, se dará un paso más a la presión que se ejerce sobre fabricantes y comerciantes luego de que esta misma semana se dictó una resolución (ya vigente) que exige a locales de ventade alimentos exhibir precios en carteles con claridad y detalles ante la posibilidad de ser fuertemente multados.

  • Cambios

  • El nuevo proyecto de ley incluye otros cambios relevantes en materia de Defensa del Consumidor. Son los siguientes:   

  • Amplía el concepto de consumidor: se considerará a toda persona física o jurídica que adquiere o utiliza un bien o servicio como destinatario final. Es decir, no sólo a quien lo contrata, sino también a quien lo usa.   

  • Obliga a precisar información: los proveedores deben suministrar información cierta, objetiva y detallada sobre las características de los bienes. De lo contrario, podrán ser sancionados.   

  • Agrega multa civil: las prácticas abusivas, que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias, además de las sanciones ya previstas por la ley original y resarcimientos al comprador, podrán ser pasibles de multa civil.

    Entre los abusos se cita el de « exigir al consumidor que conceda ventajas evidentemente inequitativas», pero aclara que no se refiere al precio.   

  • Contratar y rescindir a través del mismo medio: cuando la contratación de un servicio (incluidos los públicos) haya sido hecha telefónica o electrónicamente, podrá ser dada de baja a través de igual sistema, a consideración del consumidor.   

  • Permite no pagar reclamos equivocados: si un prestador de servicios factura sumas indebidas, el usuario puede abonar únicamente los conceptos correctos y no los reclamados por el proveedor. Deberá hacer su propio reclamo y, si hubiera pagado de más, el prestador deberá reintegrar la diferencia más los mismos intereses que él cobra por mora.    

  • Coordinación Técnica decidirá el daño directo: esta secretaría podrá determinar que un proveedor dañó a un consumidory obligarlo a resarcirlo hasta por $ 3.000. El monto será deducible de otras indemnizaciones que por el mismo concepto le correspondan según sede judicial.   

  • Más atribuciones para Moreno: tendrá la facultad de elaborar políticas tendientes a la defensa del consumidor, dar curso a denuncias de usuarios, disponer inspecciones y peritajes vinculados a la aplicación de la ley, disponer de oficio audiencias entre presuntos damnificados e infractores. «Tendrá las más amplias atribuciones para disponer medidas técnicas, admitir, ordenar y producir pruebas y dictar medidas de no innovar», aclara el proyecto.   

  • Multas por inasistencia: cuando un damnificado no justifique ausencia a una audiencia de conciliación, será pasible de multa de entre $ 50 y $ 5.000.
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