La Cámara de Diputados sancionó ayer en un rápido trámite el proyecto que reglamenta el régimen del amparo, donde se habilita la presentación de acciones colectivas y se fijan plazos específicos para que el juez efectúe su pronunciamiento. La reglamentación de la acción de amparo estaba pendiente desde la reforma de la Constitución nacional en 1994, pero ayer, con el acuerdo de todos los bloques parlamentarios, se comenzó a cancelar esa deuda. Sin embargo, el Congreso todavía tiene pendiente una nueva Ley de Coparticipación, la reglamentación de los decretos de necesidad y urgencia (DNU) y normas vinculadas a los derechos indígenas, de los niños y el marco regulatorio de los servicios públicos privatizados.
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Hasta ahora, la acción de amparo estaba normada por un decreto emitido por el gobierno de facto de Juan Carlos Onganía. Por eso ayer el oficialismo, el radicalismo, el ARI y las distintas vertientes del ex duhaldismo destacaron el «fin de un ciclo» con la aprobación de la nueva regulación.El kirchnerista Juan Manuel Urtubey -presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales-destacó el acuerdo alcanzado entre todos los bloques para sancionar esta iniciativa que ya contaba con un dictamen -que cayó con la clausura del período ordinario de 2005- a fines del año pasado.
Alicia Tate fue la encargada de defender la nueva reglamentación por el radicalismo y Jorge Landau hizo lo mismo como integrante del ex duhaldismo neokirchnerista del Peronismo Federal: «Se termina hoy una etapa de más de 50 años», exclamó el justicialista en referencia al decreto de Onganía que regulaba hasta el momento el amparo.
Uno de los cambios sustanciales del proyecto de ley permite la acción de amparo colectivo, es decir, que una organización civil puede interponer-ante la Justicia este instrumento cuando existe una decisión que afecte los derechos constitucionales de un conjunto de ciudadanos. Hasta ahora eran admitidas sólo las presentaciones de amparo individuales, mientras que el proyecto aprobado ahora contempla las de carácter colectivo en casos de discriminación, defensa de los derechos de los usuarios y consumidores o protección del medioambiente.
De acuerdo con el dictamen votado ayer, el plazo para interponer un amparo será de 45 días hábiles desde la fecha en que el o los afectados tuvieron conocimiento fehaciente de la lesión, y establece que no será admisible el reclamo de daños y perjuicios en la acción de amparo. El juez recibe la presentación del recurso de amparo y otorga cinco días a los demandados para realizar su contestación. En caso de ser una autoridad pública, el informe debe ser respondido en un plazo de quince días.
Si bien esta regulación refuerzala protección de las garantías individuales, también se presta a una manipulación política como instrumento idóneo para trabar la renegociaciónde contratos con las empresas de servicios públicos, algo que ya ocurrió durante la presidencia temporaria de Eduardo Duhalde.
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