La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal María José Sarmiento volvió a prohibir el uso de reservas del Banco Central para pagar parte de la deuda externa, esta vez al hacer lugar a una acción de amparo presentada por diputados peronistas disidentes.
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Sarmiento volvió a fallar contra el decreto 2010/2009 que disponía de las reservas del Banco Central para la creación del Fondo del Bicentenario, y pagar parte de la deuda externa, al hacer lugar a una "medida cautelar autónoma", presentada por los diputados Graciela Camaño y Alfredo Atanasof.
Este nuevo fallo bloquea virtualmente la posibilidad de que esas reservas sean utilizadas, ya que según lo establece el artículo 198 del Código Procesal, "la providencia que admitiere o denegare una medida cautelar será recurrible por vía de reposición; también será admisible la apelación, subsidiaria o directa", pero en este caso en concreto, "el recurso de apelación, en caso de admitirse la medida, se concederá en efecto devolutivo".
Ahora, esto implica que de pasar éste expediente a la Cámara, la decisión de la magistrada deberá ser ejecutable, esto es dejar sin efecto el decreto 2010/09 y las reservas seguirán en el Central.
No obstante, la jueza resolvió "rechazar la medida cautelar solicitada respecto del Decreto de necesidad y urgencia nº 18/2010", con el cual se había dispuesto la remoción de Redrado, luego repuesto por decisión de la propia Sarmiento.
"Hacer lugar a la medida cautelar solicitada por los diputados Graciela Camaño, Felipe Carlos Solá, Alfredo Atanasof, Manuel Amor Morejón y la senadora Graciela Agustina De Perna, y en consecuencia ordenó la suspensión inmediata de los efectos del Decreto Nº 2010/2009 dictada por la Presidenta de la Nación Argentina en Acuerdo General de Ministros, con fecha 14 de diciembre de 2009, hasta tanto se cumplan los plazos constitucionales y legales (Ley 26.122) que regulan el trámite y los alcances de la intervención del Congreso para los Decretos de Necesidad y Urgencia", suscribió en su resolución.
Más temprano, la jueza Sarmiento elevó a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal las apelaciones del Gobierno Nacional contra la decisión de restituir a Redrado en su cargo y de frenar el uso de reservas.
Esa Cámara ahora quedó integrada por los jueces Juan Carlos López Castiñeyra y Néstor Bujan (Carlos Greco, el tercer integrante, se excusó de seguir interviniendo por "violencia moral"), y en caso de haber disidencia entre ambos a la hora de resolver, un magistrado del fuero Civil y Comercial podría integrar la "Sala de Feria".
Lo que se prevé es que resolverán inicialmente los jueces es si aceptan el criterio adoptado por la jueza Sarmiento de primera instancia, de "ordinarizar" el expediente.
Además, Sarmiento dispuso que los expedientes elevados a la Cámara, su superior jerárquico, lo sean "con efecto devolutivo y sin sustanciar", con lo cual las decisiones que ella tomó en primera instancia al dejar sin efecto ambos decretos quedarán vigentes por el momento.
El martes, el Gobierno nacional había pedido que la Sala de Feria en lo Contencioso Administrativo Federal intervenga en los expedientes mediante un escrito.
Al mediodía, los abogados de Redrado, Gregorio Badeni y Ezequiel Cassagne, pidieron que el expediente por la remoción del titular del Central sea remitido desde la Cámara a la jueza de primera instancia Sarmiento, decisión que demoraría aún más el proceso.
Según explicó Badeni, la presentación es para que el expediente vuelva a Sarmiento y ella sea quien le corra vista a los representantes de Redrado para que den su opinión sobre la apelación del Gobierno tras el fallo adoptado por la magistrada.
Mientras tanto, el uso de reservas puede llegar a ser definido en Cámara en los próximos días, el cual también tiene a cargo el expediente por la remoción de Redrado, pero por el momento los fondos que tiene el Central no podrán ser utilizados para pagar la deuda.
En caso de no llegar a una definición judicial, ya sea en primera o segunda instancia, la próxima semana tanto la integración de la Cámara, como el juez de feria de primera instancia será distinta.
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