ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

17 de junio 2002 - 00:00

Plazos fijos pierden el ajuste por el CER

ver más

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

En cambio, quienes mantengan los certificados de depósitos reprogramados (CEDRO) sí podrán agregarle el CER en caso de querer venderlos en Bolsa o si se los quedan hasta que comience la devolución del dinero de acuerdo al cronograma vigente.

Con las últimas reglamentaciones del Banco Central, que preside Mario Blejer, aparecidas el viernes a la tarde, los bancos ya quedaron habilitados para ofrecer formalmente a los ahorristas la posibilidad de canjear sus depósitos reprogramados por bonos. Pero es probable que mañana se registren inconvenientes en la mayor parte de las sucursales, ante el escaso tiempo que tuvieron los bancos para poner en marcha el operativo.



Estas son las principales disposiciones que se conocieron -a través de la Resolución 92 del Ministerio de Economía y por parte del Banco Central- respecto de las medidas que flexibilizan el «corralito»:

• El Banco Central no recibirá más solicitudes de desafectación de depósitos reprogramados, es decir, la posibilidad de transformar dinero congelado en depósito a la vista. La institución deberá definir si acepta o no el pedido correspondiente hasta el 8 de julio próximo.

• Esta limitación afecta, por ejemplo, a los mayores de 75 años. Quienes no se hayan presentado al banco para solicitar que el dinero reprogramado sea transferido a la vista ya no podrán hacerlo.

• Los CEDRO sólo podrán aplicarse para cancelar deuda dentro del mismo banco, siempre y cuando el certificado tenga un plazo mayor que la deuda a cancelar.

• Los bancos quedaron autorizados a mejorar las condiciones de los depósitos reprogramados a sus clientes, incluyendo la devolución anticipada. En este último caso, el dinero puede salir de tres fuentes: 1) nuevas imposiciones en efectivo, 2) capitalizaciones de la entidad con fondos en efectivo o 3) financiaciones que provengan del exterior.

• Quienes mantengan recursos de amparo en curso no podrán recibir CEDRO hasta que concluya el proceso judicial respectivo.

• Quienes hayan cobrado amparos a dólar libre tendrán que hacer el recálculo de cuánto dinero se llevaron tomando la cotización a $ 1,40. Por ejemplo, si alguien cobró u$s 50.000 con el tipo de cambio a $ 3, se habrá llevado $ 150.000. Pero según el Ministerio de Economía, este dinero equivale a u$s 107.000. Si cobró sólo 50% del dinero originalmente depositado (o sea u$s 100.000), ya no le quedará nada, al menos de acuerdo a la resolución oficial.

• En las licitaciones por los bonos en dólares a tres años, sólo podrán participar las personas físicas con dinero en cuentas corrientes o cajas de ahorro. Las empresas que mantengan dinero en el sistema financiero no podrán hacerlo. Quienes tienen depósitos reprogramados por hasta $ 10.000 directamente podrán comprar los títulos a un tipo de cambio levemente inferior al que surja de la licitación.

• El público que mantiene depósitos en bancos suspendidos, podrá optar por quedarse con bonos en dólares a diez años a $ 1,40 o en pesos a cinco años.

• El saldo de los depósitos reprogramados no considerará el ajuste por el CER al momento de optar por el bono. También se deducirá de la cifra el monto de intereses que mensualmente se hubiera cobrado.

• Los ahorristas que hubieran optado por bonos en dólares o pesos hasta el 15 de abril, en el esquema anterior, deberán volver a manifestar interés para quedarse con los nuevos títulos. De lo contrario, se quedarán con depósitos reprogramados.

Últimas noticias

Dejá tu comentario

Te puede interesar

Otras noticias