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21 de noviembre 2002 - 00:00

Prorrogan saldo de Ganancias

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En el caso de las entidades financieras, y según las terminaciones de los números de CUIT, las presentaciones de las declaraciones juradas serán entre el 9 y el 13 de diciembre; mientras que el pago del 80 por ciento del saldo se deberá liquidar entre el 9 y el 13 de diciembre de 2002 y el 20 por ciento restante hasta el 6 de enero del próximo año. El resto de las sociedades tendrán que cumplir con la presentación de las declaraciones juradas entre el 25 y el 26 de noviembre, pagar 80 por ciento del impuesto en la misma fecha y liquidar el 20 por ciento restante hasta el 6 de enero de 2003. Fechas similares se aplicarán para las liquidaciones del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

De esta manera el equipo económico descarta que el proyecto de ley que autoriza la reducción de la alícuota en el impuesto como contrapartida de los efectos de la inflación se aprobará en el Congreso en sesiones extraordinarias; con lo que estaría en vigencia antes de la última quincena del año. De no ser así, la AFIP debería modificar nuevamente las fechas de las presentaciones de los saldos finales.


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