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29 de noviembre 2006 - 00:00

Publican ley que establece coeficiente para deudas hipotecarias en dólares

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El Gobierno oficializó hoy la ley que permitirá a los deudores hipotecarios extrabancarios, que corren el riesgo de perder su vivienda única en un remate judicial, saldar sus obligaciones a un valor de 1,83 pesos por dólar.

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La Ley 26.167, sancionada el pasado 8 de noviembre por la Cámara de Diputados y publicada hoy en el Boletín Oficial, busca terminar los pleitos entablados a raíz de las moras en que cayeron miles de compradores de vivienda única, afectados por el desequilibrio monetario producido por la crisis de 2001 y 2002.

La norma, aclaratoria de las leyes de emergencia económica, establece además un procedimiento para liquidar las deudas y un coeficiente para reformular esos valores calculados originalmente en moneda extranjera.

La norma establece un sistema de conciliación para salvar las diferencias entre acreedores y deudores, pero -de persistir esas diferencias- obliga al magistrado actuante a recalcular la deuda en tiempo perentorio.

La nueva ley pretende terminar con la interpretación que los jueces realizaron de las normas de emergencia, que permitieron el remate de muchas viviendas familiares, pese a la intención en contrario de los legisladores.

El texto está limitado a deudores que hubieran caído en mora entre el 1 de enero de 2001 y el 11 de septiembre de 2003 a raíz de la compra o ampliación de una vivienda única de un monto no mayor a los 100 mil pesos.

En su artículo primero, la norma de carácter interpretativa apunta a limitar la discrecionalidad de los jueces sobre las normas de emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, declarada mediante la ley 25.561 y luego modificada, ampliada y prorrogada.

La ley aprobada suspende las ejecuciones judiciales de viviendas y los desalojos producidos por cualquier concepto, al tiempo que advierte a los jueces para que revisen el origen de las deudas con un criterio "favorable a la preservación de la vivienda digna y la protección integral de la familia".

Asimismo, el texto reivindica el derecho constitucional a la vivienda digna y condenan la usura y el enriquecimiento indebido.

Según la nueva norma, cuando el juez actuante deba definir el monto de la deuda, la liquidación no podrá exceder el resultado de la siguiente suma: un dólar estadounidense igual a un
peso, más el 30 por ciento de la diferencia entre dicha paridad y la existente en el mercado libre al momento de la liquidación, más el 2,5 por ciento anual de interés por todo concepto.

La ecuación arroja hoy un valor algo superior a 1,80 pesos por cada dólar adeudado, que -en la mayoría de los casos- serán cancelados total o parcialmente con recursos del Fondo Fiduciario creado por la ley 25.798, bajo la esfera del Banco Nación.

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