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La medida, decida por el gobierno nacional para que los trabajadores en relación de dependencia cuenten con mayor liquidez durante los festejos de Navidad y Año Nuevo, amplía el plazo para el pago de los montos correspondientes al fisco, previstos originalmente para los meses de enero, febrero y marzo.
La resolución, publicada hoy en el Boletín Oficial, prevé que las retenciones correspondientes a diciembre se "efectivizarán durante enero, febrero, marzo y abril" del 2005, y la parte restante del impuesto -por el medio aguinaldo- terminarán de liquidarse en mayo.
La razón de la división mensual tiene que ver con la norma del Ministerio de Trabajo según la cual "el pago mensual de Ganancias y aportes a la seguridad social no puede superar 35 por ciento del salario mensual", explicaron en la AFIP.
La resolución indicó además que las personas físicas "que a su vez perciban ganancias sujetas al régimen de retención deberán presentar la declaración jurada determinada del impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2004, hasta el 10 de junio de 2005 inclusive".
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