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La normativa es cuestionada por las privatizadas que prefieren mantener sus marcos regulatorios por actividad, pero, una vez admitido que se iba a dictar una ley general, las compañías aseguraban que debían conocer primero la ley, antes de la renegociación de los contratos, de modo de saber cuáles iban a ser sus obligaciones y el contexto futuro. Entre los aspectos novedosos que introduce el proyecto, se encuentra la prohibición de realizar un ajuste automático de las tarifas y se establece que éstas sólo podrán ser modificadas teniendo en consideración
• A diferencia de los marcos regulatorios vigentes, que lo prohibían expresamente, para atender al servicio de los sectores de menores recursos en el proyecto se crea un Fondo Solidario que estará integrado por: un aporte del Estado nacional, cuyo monto no superará, en cada factura, el equivalente a la tasa de IVA; 2% a aplicar a todas las facturas de los servicios; y los aportes de la empresa prestataria consistentes en 10% del beneficio otorgado en factura al usuario.
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