RESOLUCIÓN DE LA AFIP N° 1205 SOBRE OBLIGACIONES IMPOSITIVAS (21/01/02)
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Bs. As., 18/1/2002
VISTO el vencimiento para la presentación de declaraciones juradas y/o pago de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, establecidos por las disposiciones vigentes, y
CONSIDERANDO:
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° —Las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y/o pago, a cargo de los contribuyentes y responsables, correspondientes a los impuestos y a los recursos de la seguridad social, con vencimientos fijados entre los días 3 de diciembre de 2001 y 18 de enero de 2002, ambos inclusive, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen hasta el día 23 de enero de 2002, inclusive.
Art. 2° —Derógase la Resolución General N° 1189.
Art. 3° —Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —Alberto R. Abad.




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