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Que por medio de las citadas normas se dictaron disposiciones relativas a los procedimientos de crisis de empresas regulados por la Ley N° 24.013 y sus reglamentaciones y por el Decreto N° 328/88, destinadas a superar o atenuar los efectos de la situación social y económica actual sobre el empleo.
Que en virtud de ello, resulta necesario el dictado de normas complementarias con el objeto de afianzar una prestación integrada y armónica de la autoridad administrativa laboral nacional y de las locales en el desenvolvimiento de los mencionados procedimientos.
Que el curso de acción propuesto ha sido oportunamente analizado en la 13° reunión plenaria del CONSEJO FEDERAL DE TRABAJO de fecha 7 de marzo de 2002.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 5° del Decreto N° 264/02 y 14 del Decreto N° 265/02.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:
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