19 de diciembre 2003 - 00:00

Rige ya riesgosa medida

La nueva legislación que incorpora la figura de asociación ilícita a la Ley Penal Tributaria y agrava las penas de prisión efectiva comenzará a regir desde el próximo lunes. Desde ese día, la AFIP podrá acusar a evasores ante los juzgados, a los que se les aplicaría la polémica figura. En un contexto en el que es difuso el alcance de la norma de asociación ilícita (ya se vio en reiteradas oportunidades su uso político), resulta al menos peligroso su puesta en vigencia.

En principio, se acusaría a los implicados en casos en los que tres o más personas hayan creado empresas fantasma, vendido facturas apócrifas, adulterado controladores fiscales de las máquinas registradoras o alterado documentación internacional. En todos estos casos, se establecen penas con un mínimo de tres años y seis meses, y diez años como máximo.

Además, se podrá acusar con la nueva ley a los delitos de evasión cuando estén implicados dos o más personas, con una pena de más de 4 años, con lo que también habrá en estos casos prisión efectiva. Muy proclive a arbitrariedades judiciales. Para que comiencen a aplicarse estas figuras, el caso de evasión debería superar los 100.000 pesos (evasión simple) o más de un millón (evasión agravada).

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