30 de marzo 2010 - 00:00

Aumentan un 8% cuotas de trabajadores autónomos

Aumentan un 8% cuotas de trabajadores autónomos
Los aportes a la seguridad social que pagan los trabajadores autónomos aumentarán un 8,2% a partir del mes próximo en todas las categorías. Así lo establece la Resolución General 2.800 de la AFIP publicada ayer en el Boletín Oficial. La suba está vinculada a la ley jubilatoria aprobada en 2008, que especifica que cuando aumentan los haberes de los jubilados se ajustan los aportes previsionales.

A partir del pago que se realizará en abril (correspondiente a marzo), las cuotas mensuales pasan a ser de $ 166 para la categoría inferior hasta $ 730,6 para la más alta. El último aumento que registraron los aportes de los autónomos fue hace solamente seis meses. En setiembre del año pasado, la suba había sido del 7,3%, dejando las cuotas entre $ 153,5 y $ 675,2.

Con la nueva resolución, los valores que deben afrontar estos contribuyentes son:

  • Categoría I (aporte $ 166,06): comprende a personas físicas con profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $ 20.000, comerciantes con ingresos anuales hasta $ 25.000 y quienes adhieren voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).

  • Categoría II (aporte $ 232,5): incluye personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los $ 20.000. También comerciantes con ingresos anuales superiores a $ 25.000.

  • Categoría III (aporte $ 332,1): directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, y socios de sociedades de cualquier tipo, entre otros, con ingresos anuales inferiores o iguales a $ 15.000.

  • Categoría IV (aporte $ 531,4): directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos de entre $ 15.001 y $ 30.000, inclusive.

  • Categoría V (aporte $ 730,6): comprende a los mismos contribuyentes que la anterior, pero con ingresos superiores a los $ 30.000.

    La actualización de los aportes trae aparejadas críticas de contadores y economistas que aseguran que además deberían ajustarse los topes de Ingresos Brutos para que los contribuyentes se encuadren en cada categoría. Con una inflación que se espera este año superior al 25%, un incremento de facturación explicado por el alza en los precios obliga a los contribuyentes a saltar de categoría y afrontar el pago de mayores montos.

    Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires aseguran que, además, se amplía la brecha en las cargas que pagan los trabajadores bajo relación de dependencia y los independientes.


  • Por ejemplo, un trabajador soltero, con una remuneración de hasta $ 4.015 mensuales más aguinaldo (equivalente a $ 52.200 anuales) no deberá cancelar el Impuesto a las Ganancias. En cambio, un trabajador que perciba el mismo ingreso por realizar tareas similares, pero en forma autónoma, debería pagar $ 5.120 en concepto de Ganancias al año.

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