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Cambio en los concursos por jueces porteños
José Manuel Olmos
Este cambio en el reglamento de selección de jueces y magistrados del Poder Judicial fue definido justo antes de que se iniciara la feria de enero e implica una pérdida de ventajas para quienes ingresan a la carrera judicial ya que, hasta esta modificación, este aspecto de su currículum tenía mayor puntaje en los concursos.
La resolución que implementa estos cambios es la 1052/2011, que modifica los artículos 19 y 41 del Reglamento de Concursos, con el objetivo de igualar algunas condiciones entre los postulantes que se desempeñan como profesionales y quienes se encuentran en una carrera judicial.
En el texto de la resolución se señala que «resulta conveniente realizar modificaciones al artículo en cuestión, principalmente ampliando el espectro de documentación que puede acompañarse», con el objetivo de «poder considerar actividades propias de la profesión que resultan distintas a las labores meramente jurisdiccionales, como ser participaciones como árbitros, mediadores, etc.».
Otro de los cambios que se aprobaron fue el de dejar sin efecto la normativa que establecía un límite de asignación de puntaje (21 puntos) a los concursantes que provenían de otra jurisdicción ya que «no existe motivo alguno que justifique esa diferencia».
Estos cambios implican, por ejemplo, que a partir de ahora se tomará en cuenta la antigüedad de la matriculación profesional considerando «los períodos de desarrollo efectivo de la labor profesional». Para obtener el mayor puntaje en este punto se necesitará una antigüedad de, mínimo, 12 años con la acreditación de un desarrollo laboral sostenido en los últimos 8 años.
Las modificaciones al reglamento del consejo porteño aprobadas en diciembre pasado no sólo benefician a los abogados que ejercen de manera privada la profesión. El cuerpo dispuso que a partir de ahora también sean considerados como antecedentes quien ocupe cargos como conjuez, árbitro, mediador, y/o realice actividades profesionales de la abogacía pro bono.
Según se explica en la resolución, «uno de los objetivos que se persiguen al realizar concursos abiertos es la participación de abogados de todos los ámbitos, y no solamente de los que pertenecen al Poder Judicial». Por este motivo, para el organismo destaca que «resulta conveniente establecer estándares objetivos que armonicen y equiparen el puntaje otorgado por antecedentes profesionales en el Poder Judicial y por el ejercicio libre de la profesión».
También se introdujeron cambios relacionados con el régimen de impugnaciones, la citación de las entrevistas personales de los concursantes, y el certificado de aptitud psico-física que éstos deben presentar.


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