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Cambio de sexo ya es legal para extranjeros
Los organismos dependientes del Ministerio del Interior ya emitieron resoluciones conjuntas que estipulan los protocolos a seguir para solicitar la rectificación registral de la identidad de género, según la publicación aparecida ayer en el Boletín Oficial.
En tanto, los extranjeros con residencia permanente que quieran acceder a este derecho deberán realizar el pedido en la Dirección Nacional de Migraciones. La nueva reglamentación incluye también el instructivo para pedir el cambio de sexo en el momento de tramitar la residencia permanente en el país.
Al mismo tiempo, la norma establece que la documentación emitida para extranjeros en reconocimiento a su identidad de género sólo será válida en la República Argentina.
La normativa tomó como base lo establecido por la Ley 26.743, donde se estipulan todas las cuestiones referidas a la identidad sexual. El principal requisito para realizar el trámite es tener residencia legal permanente en la Argentina, contar con el DNI para extranjeros y obtener una nota consular en la que se indique que no resulta posible la rectificación de sexo en su país de origen.
La Ley 26.743 de Identidad de Género, que fue sancionada en mayo de 2012, estatuyó «el derecho fundamental de todo individuo al reconocimiento de su identidad de género», entendida como «la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, pudiendo o no corresponder con el sexo asignado al momento del nacimiento».


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