9 de julio 2014 - 00:00

Corte tratará jubilaciones vip (pero firman conjueces)

Ricardo Lorenzetti, Eduardo Moliné O’Connor y Rodolfo Barra
Ricardo Lorenzetti, Eduardo Moliné O’Connor y Rodolfo Barra
 La Corte Suprema de Justicia deberá resolver en breve los reclamos jubilatorios de sus exintegrantes Rodolfo Barra y Antonio Boggiano. Los dos litigan contra el Estado y por tratarse de cuestiones sensibles en el interior del Poder Judicial requerirán la convocatoria de los conjueces del máximo tribunal.

La Corte realizará su próximo acuerdo de ministros recién mañana, cuando Ricardo Lorenzetti retorne al país proveniente de Brasil.

El caso de Boggiano es bien conocido por los ministros ya que en 2012 comenzaron a excusarse de intervenir, cuando el tema llegó hasta el cuarto piso de la calle Talcahuano. Fue destituido en 2005 por iniciativa del oficialismo y a pesar de esto requirió acceder a la jubilación que cobran los ministros, que consiste en el 100% del sueldo al momento del retiro según consta en la Ley 24.018.

En 2012 los camaristas de la Seguridad Social Lilia Maffei de Borghi y Bernabé Chirinos entendieron que la destitución mediante un jury no es suficiente para dejar a Boggiano sin su jubilación y declararon inconstitucional la norma que retira la jubilación de privilegio a magistrados sancionados. El Estado apeló esta determinación y el caso ya está en el máximo tribunal.

En el trámite de Barra, que integró el máximo tribunal entre 1990 y 1993, el planteo que comenzó en el fuero Contencioso Administrativo tenía su eje en que el exministro solicitaba que su trámite esté regido por la Ley 24.018 a pesar de que mientras integró la Corte todavía se encontraba vigente la Ley 19.939. Los letrados del Estado entendieron que el reclamo carecía de legitmidad pero luego la cámara lo habilitó a llevar su planteo a la Corte.

El caso Boggiano presenta un antecedente reciente: en febrero de este año la Cámara en lo Contencioso le concedió la jubilación de privilegio a Eduardo Moliné O'Connor que, al igual que Boggiano, también fue destituido por el Congreso durante la administración de Néstor Kirchner.

Planteo

En esa ocasión los abogados de O'Connor expresaron que la norma 24018 violentaba la Constitución, al no reconocer derechos adquiridos, el derecho de propiedad y el principio de igualdad, y que se estaba otorgando un "tratamiento discriminatorio al actor".


Durante años, especialmente a partir del último Gobierno militar, los honorarios de los supremos fueron centrales para el esquema de sueldos del sector público ya que los honorarios de toda la administración se calculaban con la base del sueldo del presidente de la Corte.

Las jubilaciones de privilegio han sido, a su modo, otro de los aspectos que generaron cruces entre el kirchnerismo y el Poder Judicial en la última década. En 2012 el titular de la ANSES, Diego Bossio, concurrió al Senado para requerir la eliminación de este regimen. Presentó un cuadro de situación en el cual sostuvo que tanto el Poder Judicial como el ámbito diplomático incurrían en situaciones de abuso contra el sistema previsional. Al mismo tiempo aprovechó para pedir reformas para regular los juicios contra el Estado.

Lo primero no prosperó y lo segundo tuvo un efecto tibio recién la semana pasada, cuando el Congreso votó una ley que regula la responsabilidad del Estado y sus funcionarios (el Gobierno tiene un proyecto de ley más concreto respecto de ese tema que todavía no ha visto la luz pero que ya genera quejas en el fuero Contencioso).

Bossio juega además un rol de antagonista en la cima del Poder Judicial cuando la Corte le reprocha en forma periódica no acatar los fallos de los juicios iniciados por los jubilados. El giro más reciente fue trasladarle a las Cámaras Federales del interior del país la competencia para dar tratamiento a los expedientes iniciados por los jubilados contra el Estado. De hecho, en los próximos días llegará al Consejo de la Magistratura una serie de pedidos provenientes de los camaristas para abarcar las causas que hasta hace sólo unos meses tenían su curso exclusivamente en la Cámara de la Seguridad Social porteña.

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