Un nuevo fallo de la Justicia mendocina confirmó la constitucionalidad del "ítem aula", la medida con la que el Gobierno de Alfredo Cornejo logró disminuir significativamente el ausentismo de los maestros en la educación primaria y secundaria de la provincia.
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Con el voto unánime de la Corte Suprema, que en mayo determinó la sentencia de rechazo a la demanda del SUTE (Sindicato Unido de los Trabajadores de la Educación), ahora se suma que el máximo tribunal declaró improponible la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP).
Este nuevo dictamen considera extemporáneo el pedido de SADOP, debido a que la acción deducida fue articulada en sede laboral el 28 de junio de 2017, es decir 15 meses después de la entrada en vigencia y plena aplicabilidad de las normas cuestionadas.
La acción fue iniciada el 30 de marzo de 2016, pero su proceso fue desistido por la secretaria general del Sindicato, María Ester Linco Lorca, el 7 de julio del 2017. En razón de lo solicitado, el tribunal tuvo por desistido el proceso,.
Luego, el reclamo fue presentado en la Séptima Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial, pero esta se declaró incompetente e para entender en la causa, mientras que el Superior Tribunal confirmó su competitividad.
En consecuencia, la Sala Segunda, con las firmas de José Valerio y Mario Adaro, indicó que la acción interpuesta carece de andamiaje y que los argumentos demuestran la improcedencia sustancial de la acción. Es que sólo constituye un intento de reeditar la pretensión que fue desistida, y se consideró la existencia de una causa anterior con misma identidad de sujetos y pretensión.
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