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Diputados blindan hoy reservas de bancos centrales
La decisión de respaldar el dictamen se adoptó en un plenario conjunto de las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto, y de Finanzas, que conducen los legisladores oficialistas Guillermo Carmona y Carlos Heller. A lo largo de la reunión, algunos opositores plantearon la necesidad de tener detalles del acuerdo con China previo a aprobar la iniciativa, pero desde el oficialismo se aclaró que el proyecto no es para un acuerdo en especial y que su validez es para todos los países con los que la Argentina firme convenios de reciprocidad.
La iniciativa será debatida a partir del mediodía de hoy en el marco de una sesión especial, en cuyo transcurso además se tratará un conjunto de proyectos, como la autorización a las Fuerzas Armadas para participar de ejercicios conjuntos con otros países, el convenio con la Ciudad de Buenos Aires para el traslado del monumento de Cristóbal Colón y otro vinculado con Bomberos Voluntarios.
El proyecto que aspira a votar el oficialismo establece que "los bancos centrales extranjeros u otras autoridades monetarias extranjeras son inmunes a la jurisdicción de los tribunales argentinos". Sólo estarán exceptuados de esa protección en caso de "consentimiento expreso a través de un tratado, contrato, acuerdo de arbitraje o mediante una declaración escrita posterior al inicio de una controversia judicial; por reconvención basada en la misma relación jurídica o cuando la demanda versare sobre una actividad ajena a sus funciones".
A lo largo del proyecto se fija que "los activos de un banco central extranjero o una autoridad monetaria extranjera que sean utilizados para el normal desenvolvimiento de las actividades estaduales relativas a la ejecución de la política monetaria gozan de inmunidad de jurisdicción" ante la Justicia argentina respecto de cualquier medida coercitiva que pudiera afectarlos.
Esta inmunidad "será aplicable en la misma medida en que los activos del Banco Central de la República Argentina gocen de inmunidad conforme la legislación del país al cual pertenece el banco central extranjero de que se trate".
Asimismo, se establece que las disposiciones de esta ley serán instrumentadas a través de la suscripción de convenios bilaterales con las respectivas autoridades monetarias extranjeras.
En los fundamentos de la iniciativa se menciona "la experiencia del propio Banco Central de la República Argentina que en los últimos años se vio expuesto a desafíos judiciales en tribunales de diversas jurisdicciones".
Además, se argumentó que la protección a los activos de los bancos centrales extranjeros, cuando son invertidos en otros países, tiene su fundamento en "la conveniencia de preservar la capacidad de un país de poder manejar libremente su política monetaria y cambiaria".
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