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Diputados sesiona con agenda penal contra inseguridad
Luciano Laspina y Soledad Martínez
La intención del oficialismo es comenzar la sesión cerca de las 14 y sólo incluir dos de los seis proyectos sobre seguridad enviados por el Gobierno nacional donde están contemplados el procedimiento de flagrancia y la incorporación de nuevos institutos para luchar contra el crimen organizado. Desde Cambiemos sostienen que las iniciativas se aprobarán sin dificultad dado que cuando se discutió en el plenario de las comisiones de Seguridad Interior y de Legislación Penal, se sumaron aportes de todas las bancadas parlamentarias.
El dictamen que incorpora el procedimiento de flagrancia -cuando el autor es aprehendido en el momento de cometer el delito- se podrá utilizar para aquellos ilícitos con penas menores a quince años y el objetivo es que esos juicios sean abreviados y tengan una rápida condena. En ese sentido, el texto establece que "el detenido será trasladado ante el juez a fin de participar de una audiencia oral inicial de flagrancia que deberá llevarse a cabo dentro de las 24 horas desde la detención", prorrogables por otras 24.
El plenario legislativo también debatir el dictamen que incorpora las figuras del agente encubierto, el agente revelador, el informante, la entrega vigilada y prórroga de jurisdicción aunque no contempla especificaciones para la figura del arrepentido para casos de corrupción que fue excluido finalmente del texto.
De acuerdo con la iniciativa se considera agente encubierto a un integrante de las fuerzas de seguridad que se infiltra en organizaciones criminales para identificar o detener a los participantes o autores del delito y aportan pruebas para la investigación de un delito complejo.
El agente revelador es un miembro de las fuerzas de seguridad que muestra interés en comprar para sí o terceros bienes, armas estupefacientes, o participa de una actividad criminal, con la finalidad de identificar a las personas implicadas en un delito o detenerlas. El proyecto consensuado aclara además que "el accionar del agente revelador no es de ejecución continuada ni se perpetúa en el tiempo, por lo tanto, no está destinado a infiltrarse dentro de las organizaciones criminales como parte de ellas".
A través del dictamen se establece que "cuando se encontrase en peligro la vida de la víctima o su integridad psíquica o física o la demora en el procedimiento pueda comprometer el éxito de la investigación, el juez y el fiscal de la causa podrán actuar en ajena jurisdicción territorial, ordenando a las autoridades de prevención las diligencias que entienda pertinentes, debiendo comunicar las medidas dispuestas al juez del lugar".


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