Un fallo del juez federal a cargo del juzgado contencioso administrativo N°10 de la Ciudad de Buenos Aires, Walter Lara Correa, en favor del Banco Central, la Comisión Nacional de Valores y Rofex Inversora evidenció un claro contrapunto con la jueza Sylvia Aramberri, a cargo del juzgado federal N°1 de Rosario, en el marco de una demanda desprendida de la causa dólar futuro.
- ámbito
- Edición Impresa
Dólar futuro: un desprendimiento de 2015 derivó en fallos contrarios
Se trata de un reclamo iniciado por la empresa de servicios agropecuarios Madelan. La jueza Sylvia Aramberri emitió 10 fallos condenando a los demandados a pagarle a los inversores las diferencias entre el precio barato del dólar futuro que pactaron comprar a finales de 2015 en el mercado Rofex y el valor más caro que terminaron pagando en 2016 en medio de una devaluación y corrida cambiaria, impulsado luego del ascenso del gobierno de Cambiemos. El caso es que al llegar el gobierno de Mauricio Macri, el Banco Central calculó que cumplir con esos pagos provocaría una gran emisión de pesos (ya que lo que se abona en el mercado de futuros al cumplir un contrato es la diferencia en precio entre la cotización del día y la cotización futura pactada anteriormente) generando el marco para que el Rofex, avalado por el reglamento de los contratos, disponga una corrección de precios (una suba de $1.75 por dólar para las operaciones abiertas a partir del 28 de octubre de 2015 inclusive) que en la práctica alivió el monto que debía pagar el BCRA.
Ante el cambio, muchos inversores que compraron dólares a futuro a precios bajos iniciaron demandas pidiendo que el Banco Central les pague los valores originales. No obstante, los demandantes, en general, fueron operadores no habituales y que habían ingresado a comprar pos PASO y posdenuncia de Alfonso Prat Gay de lo que estaba haciendo el Banco Central. En ese año hubo una tanda de medidas cautelares pedidas por los inversores, en favor de las demandas. Y ahora esas causas están llegando a las instancias de definiciones.
Otro punto a destacar es que Lara Correa es el segundo juez federal de Buenos Aires que resuelve en favor de los demandados ya que el juzgado Contencioso Administrativo Federal N°3 ya se había pronunciado en igual sentido, y de esta forma ya hay tres fallos en esa línea en los tribunales porteños. Tanto Rofex Inversora, como la CNV y el Banco Central apelaron los fallos de Aramberri por lo cual no rige la condena dictada en primera instancia. Aramberri tiene todavía que definir 10 causas y se descuenta que fallará en el mismo sentido. De las 30 demandas presentadas en el fuero federal rosarino, Rofex logró que sean rechazadas por la propia magistrada por razones formales o estar prescriptas. En los tribunales federales porteños, en tanto, hay más de 20 fallos por salir en las próximas semanas, pero –a diferencia de Rosario- están repartidos en varios juzgados de primera instancia.
Según Aramberri, uno de los puntos fuertes para fallar contra el BCRA es un dictamen contable que para la jueza “permite comprobar la inexistencia de riesgo de incumplimiento en el pago de los contratos de dólar futuro”. Y además recuerda que “en el momento en que se tomaron las decisiones de ventas de contratos futuros no había riesgo de pérdida de reservas”.
En cambio el juez Lara Correa mostró una lectura y criterios distintos para rechazar la demanda iniciada por la firma Madelan contra Rofex, CNV y el BCRA argumentando un daño patrimonial de 500 mil pesos por el reajuste de precios dispuesto. El juez resaltó que el reajuste de precios fue “en uso de las atribuciones reglamentarias y de las facultades establecidas en el artículo 4 del “Reglamento de Contratos de Futuros y Opciones sobre Dólar Estadounidense, con el objetivo de normalizar la operatoria de los futuros de dólar, como una de las herramientas fundamentales que contribuyen a la estabilidad cambiaria, y eliminar el riesgo de incumplimiento o impugnación de las operaciones concertadas”.
Y luego destacó que “la CNV en su calidad de autoridad de contralor y fiscalización concluyó que la emergencia declarada se sustentó en el hecho de que se encontraba comprometido el buen funcionamiento del mercado de futuros de dólar, por el aludido riesgo de incumplimiento, y, como consecuencia, aprobó la declaración de emergencia dictada en conjunto”.


Dejá tu comentario