24 de marzo 2023 - 00:00

El BCRA habilita a entes públicos a liquidar sus flujos en el MULC

Ayer, el Banco Central emitió una regulación que generó confusión en el mercado, ya que algunas voces la asociaron a una pesificación de los depósitos en dólares de los entes públicos. Sin embrago, se trata de un error en la lectura de una medida, que, aunque no deja de ser relevante y es un signo más de la problemática que hay en este momento para captar dólares, no consiste en una pesificación de depósitos en sí misma.

Una fuente del BCRA le dijo a Ámbito que “esta normativa ya existía”. Por lo que el primer error que se difundió por redes sociales radicó en que la norma no es novedad. El segundo es que nunca hace referencia a los depósitos, sino a los flujos que se registran en una ventana de tiempo que abarca desde diciembre del año pasado a la fecha y hacia adelante.

La norma es la Comunicación “A” 7732, que modifica algunos puntos de una regulación previa referida a que los organismos públicos podrán liquidar en el mercado oficial (MULC) los fondos que ingresen desde organismos internacionales de crédito.

Como menciona el economista Federico Glustein, la nueva normativa es una continuidad de la “A” 7667, emitida por BCRA en enero de este año, según la cual los organismos podían tener en dólares los fondos provenientes de desembolsos de organismos internacionales de crédito y, en caso que necesitaran usarlos podían acceder al MULC para liquidarlos.

Así lo ratifican fuentes oficiales a Ámbito: “La norma que salió en enero les permitió a los entes públicos convertir en pesos ajustados al tipo de cambio oficial los dólares que tienen provenientes de los créditos internacionales”.

Indican que el Estado tiene un montón de cuentas en dólares de organismos públicos que están distribuidas en bancos comerciales. Esos dólares no integran las reservas netas del BCRA, justamente por estar en bancos comerciales. Para poder usarlos, tienen que vender esos dólares en el MULC para poder usarlos.

Al realizar esa operación, pasan a formar parte de flujo diario que registra esa plaza. En consecuencia, se convierten a pesos al tipo de cambio oficial y el BCRA puede contar esos dólares en las llamadas “reservas líquidas”. Así, la regulación prevé que, mientras no están usando esos dólares, los organismos públicos los conviertan en pesos ajustados al tipo de cambio oficial y, de esa manera, pasen a sumarse a las reservas netas del BCRA. La “A” 7732 busca “perfeccionar este sistema” con los siguientes cambios: si los organismos públicos recibieron un crédito internacional y no se usó en su totalidad, el sobrante lo pueden volver a dolarizarlo en el MULC; por otra parte, amplía el alcance temporal a los ingresos de diciembre (antes era desde enero).

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